Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
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Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura.
Año 1 N° 2/ Julio 2013, pp. 75-96
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
ISSN: 2343-6271
La gestión del turismo rural en
territorios indígenas: ¿revitalización u
homogeneización identitaria?
HINESTROZA ÁLVAREZ, Carmen*
Universidad del Zulia
carmenhinestroza@hotmail.com
Resumen
El propósito de este artículo es el análisis del fenómeno de homogeneización civi-
lizatoria ilustrada de la corona española en el proceso de colonización de las améri-
cas frente a la actividad turística como fenómeno homogeneizador de la cultura del
antrión en el marco del ecoturismo en comunidades indígenas. Para el análisis se
realiza una revisión documental sobre la construcción de las naciones emancipadas
en América, de la legislación internacional y nacional venezolana de reconocimiento
de las prácticas y los valores de las culturas indígenas, del estado de las gestiones para
la reivindicación territorial de los éstas con datos sobre el caso yukpa y de una teoría
sobre la cultura del encuentro en el ámbito de la actividad turística. Se concluye que
la gestión de la actividad turística forma parte de la libre determinación cultural y los
cambios que generan obedecen al carácter dinámico de ésta.
Palabras clave: Gestión del turismo, Territorios Indígenas, Homogeinización, Iden-
tidad.
Rural tourism management in indigenous territories: ¿identitary
revitalization or homogenization?
Abstract
e purpose of this article is the analysis of the enlightenment’s civilizing equalization
led by the Spaniard Crown in the colonization process of the Americas, compared to
* Abogada, Magister Scientiarum en Planicación Integral para el Desarrollo del Turismo,
egresada de la Universidad del Zulia en 2001 y 2009, respectivamente. Cursante de la Maestría
en Antropología, Mención: Antropología Social y Cultural.
Recibido: 10/02/2013 Aceptado 19/03/2013
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the tourist activity as an equalization phenomenon resulting within the framework
of the ecotourism activities in indigenous communities. For this analysis, it has been
developed a literature review about the construction of the emancipated nations of
America, as well as on the international and internal legislation concerning the ack-
nowledgement of the practices and values of the indigenous cultures, the state of the
prospection for the territorial granting of these ones – adding some data about the
yukpa case— and one theory about the meeting culture in the frame of the tourist
activity. In conclusion, the management of the tourist activity is part of the free cul-
tural determination and the changes as part of this obey to the dynamic characteristic
of culture.
Keywords: Tourism management, Indigenous territories, Homogenization, Identity.
Introducción
Este texto fue escrito en el curso de un seminario sobre los rasgos del
fenómeno de revitalización del grupo indígena mapuche, asentado entre
Argentina y Chile. En razón de que la dimensión de su abordaje es política,
en su momento resultó sumamente difícil --en el caso particular— rela-
cionarlo con un tema de interés propio como es el desarrollo y gestión del
turismo por parte de las comunidades indígenas yukpa de la Sierra de Perijá,
en Venezuela.
Sin embargo, se consiguió realizar una suerte de conexión teórica entre
lo que implica el reconocimiento de los valores y prácticas sociales, cultura-
les, religiosas y espirituales de la multiplicidad de grupos étnicos, la necesi-
dad de un territorio para el libre desarrollo de sus instituciones e iniciativas
(así como su derecho consuetudinario), y el desarrollo de las actividades
económicas a que hubiere lugar por iniciativa –o práctica ya instaurada—
en los espacios de su habitación. La actividad económica a la que se alude es
la turística, que ocurre ser tanto la ocasión para el ejercicio de la autonomía
local como de la vivencia de la interculturalidad, lo cual puede traer conse-
cuencias opuestas a la revitalización identitaria.
Este recorrido teórico se realiza con fundamento en tres de los cinco
objetivos especícos del seminario, que se reeren, en primer lugar, al de-
sarrollo de las diferentes facetas del resurgimiento étnico en el continente.
Este aspecto relacionará sucintamente el Convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo, dado en junio de 1989, como hito normativo
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internacional que no sólo rompe a nivel ideológico-jurídico con el ordena-
miento homogéneo de normas para individuos iguales, sino que impone la
creación de legislación interna a cada país que la homologue. Tal es el caso
de Venezuela, que incorporó en su haber legislativo disposiciones al efecto,
lo cual tiene una connotación política en su implementación para la especi-
cidad de cada grupo indígena del país. Es aquí donde se entra a considerar
otro de los objetivos del seminario, que consiste en el estudio de los nacio-
nalismos étnicos y su dimensión política. Como se dijo anteriormente, la
etnia analizada aquí es la yukpa, cuya situación como pueblo indígena a
la luz de la normativa venezolana, posee connotaciones especícas que se
tratarán de describir.
Por otra parte, lo que podría enmarcarse en un nacionalismo étnico, se
sitúa en unas condiciones que la losofía, la sociología y la antropología
han postulado como homogeneizadoras de los actores que participan en la
dinámica que es la actividad turística. Aquí se evidencia la relación con el
tercero de los objetivos especícos del seminario que han sido considerados
para esta pequeña monografía, a saber, la que se reere a la sensibilización y
comprensión de las diferencias culturales y la promoción de una conciencia
plural y vivencial de la interculturalidad.
Para ese n, se considera pertinente denir lo que es la etnia yukpa, pues
se trata del grupo de estudio involucrado en la actividad turística, como
un grupo indígena. Como tal, es de interés al tratamiento del tema de la
reivindicación de sus derechos originarios frente al paradigma de la homo-
geneización y de la dinámica intercultural que puede desembocar en fenó-
menos como el de la cultura del encuentro, que paradójicamente opera como
homogeneizador. Sobre esto último se abundará más adelante.
Los yukpa son un grupo amerindio de liación lingüística Caribe, ac-
tualmente asentado en la Sierra de Perijá y constituye una de las cinco etnias
territorio del estado Zulia, región occidental de la República Bolivariana de
Venezuela. Dicha serranía constituye una frontera tanto geográca como
política con la vecina República de Colombia. Tal como indican Chirinos
y Colmenares (2000), habitan entre las latitudes 9º40’ y 10º35’ norte, lo
cual geográcamente corresponde con el Bosque Seco Tropical. Compren-
den siete subtribus: Irapas, Macoita, Chaparu, Viakshi, Rionegro, Wasana
y Parirí. Su actividad económica es la agrícola, pecuaria, caza y recolección.
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Wilbert (1974) señala que su alimentación consiste básicamente en vegeta-
les, entre los cuales se encuentran: yuca dulce, ocumo, cañacoro, ñame, ca-
labaza, papa dulce, pimentón picante, maíz, frijoles, grano paloma, plátano
cambur, caña de azúcar y lechoza.
La comunidad de interés (por la actividad turística que se practica en
su entorno) se denomina Ayapaina, la cual se encuentra al margen del Río
Atapshi. Según Vegamian (1972), el sistema orográco al que pertenece el
Río Atapshi está enclavado en las prolongaciones del gran Macizo Tutari,
una mole rocosa de 3600 metros de altura semejante al Hércules mitológico
del estrecho de Gades. Comprende un grupo de tres montes de altura des-
igual que aparentan ser uno desde lejos. El más cercano pertenece –según
este ministro—a la ranchería Manastara, que forma parte del piedemonte
de dicho cerro. La cabecera del río Atapshi se encuentra en estos predios y
cabe acotar que también éste es llamado por los criollos “Río Negro”.
Dicha comunidad se encuentra a 1150 msnm y su acceso se realiza a
pie y a caballo o mula desde la comunidad de Toromo, lugar hasta donde
puede accederse en vehículo automotor. Esto implica que los visitantes a
este destino turístico realizan una caminata desde una altura de 150 msnm
hasta 1150 msnm, con un desgaste físico considerable por una duración de
3 a 8 horas, dependiendo de las pausas realizadas, su curso y el cargamento
que posean. En vista de ello, los visitantes poseen unas características y mo-
tivaciones especícas, que, sin embargo, no serán consideradas aquí.
1. De los principios de no discriminación a la objetivación
normativa tendiente a la libre determinación de pueblos
indígenas.
a) La construcción de las naciones emancipadas en América. La
intención homogeneizadora como fuente de discriminación
La extraordinaria multietnicidad, evidente en la variedad fenotípica y
diversidad de universos simbólicos sobre los cuales se pretendió construir las
repúblicas a los nes de la emancipación de la Corona española en el siglo
XIX, en virtud de una adaptación del concepto de nación generado por el
pensamiento ilustrado, devino en intentos de uniformización de la pobla-
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ción fundamentado en el sustrato físico del territorio (Quijada, M. et al.,
2001). A su vez, la delimitación del territorio se fundamentaba en la cons-
trucción de una historia basada en antepasados –territoriales, se diría— que
no eran más de los indígenas precolombinos y la cultura que los mismos
practicaban, cuyos elementos materiales se ensalzaron como testigos de un
pasado glorioso, pero ya arqueológico, rompiendo su continuidad con el
indígena contemporáneo (Favre, 1997).
El paso de súbditos a ciudadanos en Hispanoamérica comportó la mo-
dicación de una estructura estamental de la sociedad, a la composición de
la población por individuos con igualdad de estatus, extensivos al indígena.
Con ello, las prerrogativas que poseían los indígenas, como la llamada Repú-
blica de Indios y el Procurador de éstos, fueron eliminadas. La participación
en asuntos políticos como ciudadanos era imperativa, pero una vez que fue
preciso ser un ciudadano ilustrado y alfabetizado para ser elector, se hizo
más patente la diversidad de universos simbólicos habidos en los países de
la naciente América emancipada, lo cual atentaba con el ideal de soberanía
y progreso, coincidente con una forma única cultural: el patrón occidental
de civilización (Quijada, M. et al., 2001).
El objetivo entonces tendió hacia el encauzamiento de los indígenas ha-
cia el progreso, que signicaba que éstos compartieran el universo simbólico
de la sociedad mayoritaria (integrada por europeos y sus descendientes). En
ese sentido, el uso de una única lengua fue considerado un instrumento de
unicación política y social, y estando asociada la ciudadanía al castellano,
las diversas lenguas indígenas eran consideradas obstáculos a la propagación
de la cultura y formación plena de la conciencia de la patria (Quijada, M.
et al., 2001). Otro elemento importante en el proceso de homogeneización
fue la jación de símbolos y estas celebratorias para todos los ciudadanos,
que al interior del país fungían como constructores de uniformidad, con
lo cual se buscaba reforzar la identidad colectiva, mientras que al exterior,
como singularizadores. En ese sentido, como se ha dicho arriba, irónica-
mente se reivindicaba la imagen idealizada de pobladores autóctonos, su
cultura y valores. Era la postulación de valores nacionales únicos para to-
dos los pobladores de un territorio: el indígena arqueológico formaba parte
como ingrediente en una fundición con el sustrato hispánico, cuya mezcla
en la gura de próceres se conguró en una personalidad que reejaba vir-
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tudes éticas y cívicas que deben ser espejo de las virtudes nacionales. Para to-
dos por igual. Inclusive, Quijada et al (2001) indican que se trató se insertar
en el imaginario, en el caso mexicano a través de la losofía de Vicente Riva
Palacio, que el n demográco era el mestizo, cuya novedad racial formaría
en México la exclusividad y superioridad de su población.
Por otro lado, continuando la exposición de Quijada et al (2001), las
prácticas asociativas, entre las cuales se encuentran asociaciones profesio-
nales y organismos de derechos civiles, entre otros, que fueran del interés
del indígena, fueron espacios de la acción pedagógica para el aprendizaje
de la moral cívica, que tienden a la formación del hombre virtuoso y libre
con comportamientos e imaginarios homogéneos, asociados asimismo a la
cultura de la élite.
En el marco de un proceso que ha considerado la diferencia étnica y su
aparejada diversidad de universos simbólicos como formas no compatibles a
la integración de un occidente “civilizado”, por considerarse bárbaras, tuvo
lugar la exclusión física, tanto a través de la segregación, como del genoci-
dio. La virtud del ciudadano estaba asociada a la capacidad de civilización
y, en ese sentido, todo lo que no perteneciera a la cultura del occidente en
expansión fue culpado de causar la lentitud y dicultades para la homoge-
neización que a su vez impedían la construcción de la nación y su progreso.
De la ideología que consideró a la homogeneización como fundamento
de la nación, se pasó a considerar a este mismo proceso –que sería proceso y
n-- como un objetivo necesario para la armación de la democracia, entre
nales del siglo XIX y principios del XX. Así, se postuló este thelos como
propulsor de la cohesión, pero ahora a través de un movimiento que bus-
caba la inclusión, el multiculturalismo. En Venezuela, el proyecto de incor-
porar al imaginario nacional el encuentro e integración de culturas diversas,
se denominó “café con leche” y surgió como respuesta a la persistencia de la
heterogeneidad y a la persistencia de eliminar de la vida cotidiana los már-
genes de exclusión. No obstante, como arman Quijada, et al (2001), ello
no borró la tendencia homogeneizadora, sino que simplemente desplazó y
multiplicó las fronteras en función de la defensa de los hechos diferenciales
que realiza cada colectivo, quien naturalmente se percibe como homogéneo.
Los autores citados señalan que para el caso de Argentina la nacionalidad
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se admitió a partir de un sistema de integración jerarquizada. Esta categoría
sociológica fue acuñada por Michel Wiviorka, quien postula que el trata-
miento de la diversidad se produce a partir de un principio de inferioriza-
ción, el cual implica la inclusión del otro si y sólo si es en estratos inferiores
de la estructura social a la que pertenece. Con esto, la inferiorización inclu-
ye, en vez de expulsar y aislar, como ocurre con la diferenciación.
Ambos casos, tanto la diferenciación como la inferiorización, impli-
can situaciones que menoscaban la persona y colectivo indígena en razón
de su etnicidad. La discriminación, la violencia y la explotación laboral,
entre otros, ha sido el género de situaciones que han suscitado un movi-
miento organizado para la reivindicación de los derechos de los indígenas,
cuyos aspectos consisten en cuatro campos esenciales e interdependientes:
a.) Territorio: para asegurar medios de vida en función de actividades de
agropecuarias y espacio de reproducción étnica; b) Desarrollo económico y
material: para el mantenimiento de sus propias prácticas culturales respec-
to a sus recursos, con margen de decisión en materia técnica y nanciera;
c) Desarrollo cultural: expreso derecho al uso y desarrollo de sus lenguas,
religiones, prácticas médicas, saberes tradicionales, procesos educativos y
de comunicación social y d) Autonomía: posibilidad de crear las propias
condiciones políticas aún dentro y en coordinación o compatibilidad con
el Estado. Esta sistematización de las demandas indígenas ha sido realizada
por el Instituto Indigenista Interamericano en 1994 (Matos Mar, citado por
Colmenares, 2001).
Todas estas demandas son elementos que guran en los movimientos
indigenistas a lo ancho y largo de la América latina, los cuales no coinciden
por azar, sino por haberse creado redes solidarias entre los diversos movi-
mientos, dando lugar a una “agenda indígena trasnacional” (Vitar, 2011).
Los logros de los movimientos reivindicadores se van haciendo evidentes
a través de los instrumentos jurídicos, pues los mismos reejan un proceso
de objetivación, a través de la abstracción de casos tipo. A continuación, se
presenta, lo más brevemente posible, el desarrollo de las normas interna-
cionales de reconocimiento a los derechos colectivos de los indígenas, que
son el precedente necesario para la incorporación al ordenamiento jurídico
venezolano de normas tales que fundamenten una adjudicación territorial
para el libre desarrollo de la cultura y economía de un pueblo indígena.
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Quizás esta revisión se presenta también para hacer evidente el largo pro-
ceso que ha conllevado a un reconocimiento de la diversidad étnica. Y es
precisamente esta condición la motivación del desplazamiento de personas
a las comunidades indígenas con nes de recreación y esparcimiento, la
vivencia de la interculturalidad.
b) Los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional.
En el ámbito internacional, tres son los organismos que han incorporado
gradualmente derechos especícos para las colectividades indígenas, a saber:
la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Organización Internacio-
nal del Trabajo (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA).
La preocupación más temprana en el siglo XX la mostró la OIT, en-
tre 1936 y 1939, con tres convenciones que trataron especícamente de
indígenas en el ámbito laboral. Para 1945, se crea la Organización de las
Naciones Unidas, a través de un pronunciamiento que recoge un conjunto
de principios sobre libertades fundamentales y derechos básicos de los seres
humanos, como la dignidad y valor de la persona, su protección y segu-
ridad, los derechos económicos y sociales y las relaciones de la vida social
y jurídica, la eliminación de la discriminación racial y protección de las
minorías, pero, como acota Colmenares (2001), sin desarrollo sustantivo
propiamente dicho.
Más adelante, en 1948, la Declaración Universal de los Derechos Hu-
manos, continúa el reconocimiento básico al ser humano, sentido en el cual
se arma una concepción común de los derechos y libertades, de los cuales
preeminentemente se establecen de ámbito civil y político, aunque uno de
carácter económico: el derecho a la propiedad. El derecho colectivo a la
autodeterminación de los pueblos no gura en este instrumento.
Para 1957, se realiza el Convenio Nº 107 sobre Derechos de las Pobla-
ciones Indígenas, Tribales y Semitribales en los Países Independientes de la
Organización Internacional del Trabajo, pretende preservar la identidad del
indígena al establecer la posibilidad del ejercicio del derecho consuetudina-
rio, siempre y cuando las dichas costumbres e instituciones autóctonas no
sean incompatibles con el ordenamiento jurídico del país donde se encuen-
tre el grupo étnico. Asimismo, indica que deben considerarse métodos de
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readaptación en lugar de encarcelamiento en función del “grado cultural”
del indígena (Colmenares, 2001). Aquí comienzan a evidenciarse ciertos
cambios sustantivos.
La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discrimina-
ción que tuvo lugar en 1965, constituyó el primer instrumento vinculante,
con medidas internacionales de aplicación en la materia de discriminación.
El año siguiente, se dio el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y
Políticos, también a nivel de las Naciones Unidas, en el cual se reconoce
el derecho a tener vida y cultura propia, así como a profesar y practicar la
propia religión, y el empleo del idioma propio.
Colmenares (2001) señala que, desde 1970, la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos ha tratado el tema indígena, pero bajo la considera-
ción de dichos colectivos como minorías étnicas. Le fue necesario aclarar, en
ese sentido, a través de una interpretación extensiva del artículo 29 lit b, de
la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, que los derechos
especícos para estos grupos no pueden limitar el goce y ejercicio de los
ya establecidos en las leyes de los Estados parte o de otras convenciones.
Sin embargo, se pronunció sobre los derechos humanos de pueblos indí-
genas manifestando que la protección de estas poblaciones es un sagrado
compromiso de los Estados, por razones históricas y por principios mora-
les y humanitarios. Además de esto recomendó a los Estados la adecuada
capacitación de los funcionarios cuyas tareas impliquen contacto con las
poblaciones indígenas, que por demás no deben manifestar discriminación
alguna (Colmenares, 2001).
Con la creación de la Subcomisión para la Prevención de la Discrimina-
ción y Protección de Minorías, perteneciente a la Comisión contra la discri-
minación racial de la ONU, en 1971, se realizaron estudios especícos del
problema de la discriminación contra los indígenas, cuyo objetivo fue ela-
borar un instrumento para reconocer a los indígenas derechos especícos.
Aparte de los derechos humanos propiamente dichos, se expresa el de-
recho a la práctica y trasmisión de tradiciones y ceremonias religiosas, al
acceso a lugares sagrados, a la educación en instituciones propias y en len-
gua propia, y a la promoción de la información y educación interculturales,
reconociendo la dignidad y diversidad de las culturas.
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No es sino en 1989, cuando la Organización Internacional del Trabajo
promueve el Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, que se
manejan propiamente conceptos de respeto y participación. Respeto, en
relación a la cultura, religión, organizaciones socioeconómicas, identidad y
perdurabilidad del grupo indígena; y participación, en tanto que posibili-
dad de decidir las prioridades propias con respecto a los procesos de desa-
rrollo que afectan sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual,
así como con respecto a las tierras o territorios que ocupan o utilizan. Tam-
bién establece el derecho de propiedad y posesión sobre tierras y territorios
tradicionalmente ocupados, en atención a la conservación de los recursos
naturales y medio ambiente, como condición básica de su supervivencia.
A nivel de las Naciones Unidas ocurrieron tres eventos más que han pro-
movido lo que son hoy los derechos de este colectivo, son las Conferencias
Mundiales para “Combatir el Racismo y la Discriminación”, realizadas en
1978 y 1983, que además de medidas especícas contra la discriminación,
produjeron gran parte de la normativa de la actual Declaración Universal
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del 2007. El otro evento con-
siste en la Declaración sobre Etnocicio y Etnodesarrollo, dada en 1992,
donde participaron dirigentes indígenas y expertos en el desarrollo de estos
grupos, cuyo resultado más importante es el reconocimiento de la titulari-
dad de derechos individuales y colectivos propios (Colmenares, 2001).
2. El territorio yukpa: expectativa para el desarrollo y ga-
rantía de sus formas de vida.
En lo que a la adhesión e incorporación de las disposiciones de los trata-
dos internacionales sobre derechos de los indígenas en Venezuela se reere,
para 1992, el gobierno se pronunció negando la raticación del Convenio
Nº 169 de la OIT, alegando que posee nociones contradictorias a la consti-
tución y disposiciones legislativas. Sin embargo, en el proceso constituyente
de 1999, se dio lugar constitucional a este tema en el Título III, intitulado
De los derechos humanos y garantías, en su Capítulo VIII, con ocho dis-
posiciones, que reconocen el derecho a las tierras, a la especicidad de su
organización social, política, económica y cultural, a la consulta sobre las
actividades de aprovechamiento de recursos naturales en su medio, al man-
tenimiento y desarrollo de la identidad étnica, a la educación en razón de su
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especicidad cultural, a la propiedad intelectual colectiva de innovaciones,
así como de la participación política y representación indígena en la Asam-
blea Nacional (órgano legislativo nacional). Asimismo, para la operatividad
de las disposiciones constitucionales, se promulgó, la Ley de Demarcación y
Garantía del Habitat y Tierras de los Pueblos Indígenas en agosto del 2001
y, en 2006, la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas.
Como ocurrió en todos los países involucrados con la adaptación de
convenio, existió un gran temor en cuanto al uso de los términos ‘pueblo
y ‘territorio’, por cuanto comportan lo que Leal (2007) caracteriza como
temor en los gobiernos centrales, por considerarlo como una posibilidad de
llamado a la secesión y al rompimiento de los Estados territoriales. Esta es la
razón por la cual, tanto en la carta fundamental venezolana como en las le-
yes derivadas de las disposiciones indigenistas constitucionales, se hace una
aclaratoria restrictiva, que el caso de la carta magna se expresa “El término
pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le
da en el derecho internacional”. Así, surge la noción de ‘autodeterminación
interna’, que implica un cierto grado de la misma (Leal, 2007), pero en
compatibilidad o accesoriedad con el territorio nacional.
La multietnicidad y pluriculturalidad de la sociedad venezolana ya se
da en virtud de un reconocimiento expreso y no residual, tal como ocurría
cuando se consideraban a los indígenas como minorías. En ese sentido, el
mantenimiento de la cultura, lengua y hábitat, así como la posibilidad de
aplicar el derecho consuetudinario indígena, requiere de un sustrato terri-
torial que sea su base, su referencia, e inclusive, que sea el sustrato material
mismo que posibilite la reproducción étnica, tanto a nivel cultural como
propiamente biológico. Y es precisamente este elemento el que ha suscitado
conictos signicativos al interior de los Estados.
a) Breves antecedentes en torno a la territorialización indígena
yukpa
Fuente documentales expuestas por Portillo (2007), de nales del siglo
XVI y XVII indican que los yukpa macoitas habitaban las tierras llanas al
este, en los antecedentes del piedemonte de la Sierra de Perijá. De allí se fue
evidenciando un desplazamiento hacia el oeste, hasta donde se encontraban
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las últimas planicies, fenómeno que atestiguó el capuchino Alcácer. A di-
chas tierras se les conocía como “Valle de los Macoaes”.
Para 1722, fue fundada la Villa del Rosario por el colonizador Don Juan
de Chorrio, y en 1872 se conquistó el antedicho valle con el incendio de la
Villa del Rosario por parte de las tropas de Venancio Pulgar, que hicieron
que los indígenas huyeran a internarse en la serranía, al sur del río Apón.
Este desplazamiento facilitó a los criollos la fundación de la población de
Machiques, más al oeste de la Villa del Rosario.
En época dictatorial del país venezolano, Vitorio Márquez Bustillos,
representante del Estado en 1920, obsequia a los hermanos José Trinidad
y Joviniano García, tres lotes de terreno de 4.500 hectáreas, con indios,
bosques, montaña, fauna y ríos. Dicha propiedad consta en cadena docu-
mental que hoy esgrimen los dueños de la Hacienda El Capitán, pero su-
cede que los linderos de dicho terreno eran corridos continuamente, según
atestigua Helmuth Straka, citado por Portillo (2007), para ampliar el terri-
torio. Como es evidente, la tierra fue siempre un problema y ya para 1962
se denunciaba que multiplicidad de indígenas perijaneros eran atropellados
y asesinados para despojarlos de sus tierras.
En 1978 se otorgaron títulos posesorios de tipo individual a 13 comuni-
dades yukpa, y en 1997, en consideración de la necesidad de poseer los indí-
genas un territorio necesario para vivir y con el trabajo conjunto de la Sena-
dora Lucía Antillano y Ricardo Dorado, asesor de la Comisión Permanente
del Ambiente y Ordenación Territorial, de dirigentes indígenas barí y yukpa
y la ONG Homo et Natura, se elaboró un cronograma de adquisición de
haciendas. En función de ello se redactó un Acta Compromiso con el Insti-
tuto Agrario Nacional (IAN), así como un Convenio de Cooperación entre
éste ente y la Gobernación del Estado Zulia. Pero la suerte de negociaciones
sólo llegó a materializarse en la compra y entrega de dos haciendas, luego de
lo cual se paralizó, en virtud de una nueva realidad política en el país.
El cambio de la constitución nacional en 1999 y de gran parte de la le-
gislación venezolana aparejó la desaparición del IAN, y con él, las gestiones
sobre tenencia de la tierra o calidad de vida de las comunidades indígenas
en la localidad. La gestión de las instituciones por los derechos indígenas
de la tierra, aunque se abocó a la demarcación, los problemas actuales de
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la tenencia de la tierra, así como conictos entre ganaderos e indígenas
continúan generando pérdidas de vidas de miembros de estos grupos, que
se suman a la amenaza de explotación del carbón en sus asentamientos. La
defensa en este último caso consiste en la exposición de sus vidas al tratar
de impedir el acceso de máquinas y trabajos de exploración y subsiguiente
explotación minera (Portillo, 2007).
La Comisión de Demarcación de Tierras, creada por virtud de la ley que
pretendía poner en vigor el derecho indígena al territorio, se constituyó por
representantes del Estado en áreas ejecutivas cuyo interés y compromiso
giraba en torno a la puesta en vigor del Eje de Desarrollo Occidental / Eje
de Integración Andina de la IIRSA
1
, como son los Ministerio de Petróleo,
Minas, Desarrollo y Planicación, Defensa, Interior y Justicia, Relaciones
Exteriores, así como CORPOZULIA y CVG
2
, entre otros. Muy a pesar de
los más altos valores humanos en juego, la composición de esta comisión
representa un conicto de intereses.
Más adelante, aún cuando han sido ya entregados títulos colectivos de
propiedad a comunidades indígenas de otras regiones del país, corrido que
es el año 2011, los procesos de demarcación y otorgamiento de títulos co-
lectivos en la serranía de Perijá están signados y amenazados por eventos
violentos en torno a la presencia de derechos de terceros y depredación
minera.
Debe destacarse que esta última actividad económica compite en rele-
vancia legal con las disposiciones sobre los derechos del colectivo estudiado,
por cuanto otorga, al beneciario de derechos mineros, prerrogativas que
van desde la servidumbre obligatoria hasta expropiaciones a que hubiere
menester en virtud de su utilidad pública o social. Esta fuerte gura jurídica
(expropiación por causa de utilidad pública o social) no benecia, por su
parte a los grupos étnicos en su derecho a tierras, sino que por contrario, es
una amenaza latente para la concreción de su derecho.
1 Franja multinacional de territorio creada en virtud del Tratado de Integración de la Infraes-
tructura Regional Suramericana, cuyo objetivo es la integración de planes de infraestructura,
energía y comunicaciones. Participan doce países:
2 CORPOZULIA: Corporación para el Desarrollo de la Región Zuliana, creada en julio de
1969 con el objetivo de promover el desarrollo económico de la región zuliana; CVG: Corpo-
ración Venezolana de Guayana, con el mismo objetivo, pero para la región de Guayana.
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La situación yukpa en las tierras más bajas padece la vulnerabilidad de
los conictos con hacendados. No obstante, en las tierras altas, como la
comunidad de Ayapaina, donde se lleva a cabo más marcadamente la activi-
dad turística, repercute la problemática de las tierras, debido a la movilidad
de los pobladores de sus comunidades, además del necesario tránsito que los
turistas realizan en virtud de la naturaleza misma de la actividad.
Demás está decir que el turismo es una actividad cuya condición preli-
minar es la paz. Sin embargo, las visitas no han cesado a pesar de la inesta-
bilidad que padecen y de la comentada presencia de la guerrilla colombiana
(FARC, ELN)
3
. Mucha de la auencia a las localidades se ha hecho por
el interés académico, político o social en la problemática indígena en sus
diferentes facetas: demarcación territorial, ambiente y minería, consejos
comunales y desarrollo sostenible, entre otros. La belleza de los espacios
naturales de la Sierra de Perijá, además de la cálida actitud antriona de
los pobladores de las comunidades indígenas, también es motivador per se
de permanentes desplazamientos que deportistas y no deportistas realizan.
b) El turismo como actividad económica en las comunidades
yukpa
El desplazamiento voluntario y temporal de individuos o grupos de per-
sonas en que consiste el turismo, hacia un lugar fuera de la residencia habi-
tual del turista, implica una cantidad de necesidades que deben satisfacerse
para que el motivo de recreación, descanso, cultura o salud que es su mo-
tivador, sean alcanzados. Estos bienes y servicios son comúnmente satisfe-
chos por quienes en la teoría del turismo se denominan comunidad receptora
(Molina, 1997). Este actor sucede ser la comunidad yukpa de Ayapaina,
quien durante todo el año recibe en su entorno turistas, que pernoctan en
la localidad, durante más de 24 horas.
Esta práctica viene ocurriendo desde hace más de 20 años aun sin que
haya una plataforma de servicios ni infraestructura destinada a atender sus
necesidades. Los turistas arriban, permanecen y satisfacen sus necesidades
sin que medie formalidad alguna ni preparación, aunque de manera rela-
3 FARC: Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia; ELN: Ejército de Liberación Na-
cional.
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tivamente reciente –5 años, más o menos—los pobladores locales ofrecen
servicios de traslado de equipos y personas en sus mulas por un el pago de
un precio determinado.
Dependiendo del tipo de destino y del tipo de experiencia esperada,
las modalidades de satisfacción de dichas necesidades varían, pero siem-
pre versan sobre hospedaje, traslado, alimentación y actividades en el lugar.
Estos servicios pueden ser proporcionados por la comunidad a través de
una adecuada gestión local del turismo, que por demás debe tener carácter
sostenible y resulta ser de preferente aprovechamiento a cualquier forma de
explotación minera o agropecuaria intensiva, más aún si genera ingresos que
puedan coadyuvar al desarrollo local y bienestar social local (WTO, 1993).
Tal como arma Francés (2003), la esencia del turismo es el disfrute y
por ello la experiencia es un aspecto subjetivo importante, donde la satis-
facción en función de las expectativas y apreciaciones personales del viajero
es nuclear. A diferencia de la modalidad de turismo masivo que se imple-
mentaba anteriormente, y que consideraba, según Molina (1997) al paque-
te turístico como un producto seriado (uniforme), a su servidor como un
sujeto altamente especializado en su área de servicio sin posibilidad de que
conociera algún otro ocio (especialización), a las unidades económicas de
producción (hoteles y transporte) con una alta mecanización tendiente a
la productividad (sincronización) y su carácter intensivo del uso del espa-
cio en atención a la productividad por tipo y tiempo, además del objetivo
primordial de la maximización del benecio, con una centralización cuya
consecuencia es la concentración del poder de decisión en la materia turísti-
ca en una sola persona, que hacen del turista un sujeto cuyas apetencias no
se discuten, hoy el turismo tiende a una modalidad más discrecional para
el sujeto viajero. Los principios de uniformización, especialización, sincro-
nización, concentración, maximización y centralización, son los que para
Alvin Toer se identican con la civilización industrial, los cuales se apli-
can al diseño y operación de todas las actividades económicas productivas.
Molina (1997) los ha analizado a la luz del turismo y maniesta, por demás,
que conducen a un crecimiento turístico.
Este mismo autor contrapone ese tipo de turismo masivo, que denomina
modelo de la industria turística, y alude al mismo como hijo de la evolución
industrial, a un modelo alternativo emergente que bautiza como un Modelo
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Fenomenológico para el Turismo, fundamentado en el concepto de ocio. En
virtud de éste modelo, el sujeto y la actividad que realiza poseen una rela-
ción especial que le genera un estado de ánimo de satisfacción y placer por
implicar renovación, desarrollo, autorrealización y autoconocimiento. Es
en el marco de la comprensión del entorno y valoración de las realidades
que la persona logra una experiencia trascendental, con repercusiones en
sus valores, intereses y expectativas. Como resultado de la encontrarse los
individuos en entorno y situaciones auténticas y espontáneas, se presume
que el individuo experimenta o vive una realidad, que va más allá de la
apariencia, y en ese sentido, el fenómeno turístico se convierte en la ocasión
para el desarrollo personal.
En este orden de ideas, puede decirse que de acuerdo al espacio geográ-
co donde están asentadas las comunidades yukpa, la modalidad adecuada
es el ecoturismo, por cuanto el mismo ha sido denido como el viaje a áreas
predominantemente naturales, con el objetivo de disfrutar y estudiar su
ora, fauna y las manifestaciones culturales presentes o pasadas que puedan
encontrarse allí, con un bajo impacto ambiental y benecio económico a la
población local (Ceballos, 1998; Pérez, 2003).
Como consecuencia de una concepción de turismo que involucra al su-
jeto en la realidad de las comunidades que visita y donde se aloja, surge una
práctica alternativa, cuyos principios serían opuestos a los de Toer, por
cuanto ya la actividad turística no tendría ese carácter cuantitativo y geomé-
trico, sino un carácter cualitativo y cuyos principios serian del siguiente
orden: desmasicación de los productos (productos artesanales, itinerarios
hechos en función de expectativas de los actores), diferenciación de fun-
ciones (participación de diferentes miembros de la comunidad de manera
espontánea y de acuerdo a sus talentos o lugar en la estructura social local),
sincronización orgánica (que varía de acuerdo a los itinerarios autóctonos e
implica que cada quien conoce labores como una globalidad), desconcen-
tración de actividades (reparto de tareas entre todos los miembros de una
comunidad), maximización del benecio nanciero y no nanciero (por
cuanto la labor realizada comporta un benecio económico y una experien-
cia intercultural enriquecedora), descentralización de las decisiones (cada
quien con capacidad de decisión e improvisación). Con un esquema como
éste, indica Molina (1997) que se conduce a un desarrollo integral.
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En el caso de las comunidades indígenas, el tipo de experiencia que se
busca es precisamente de tipo intercultural, unida a la estancia en un entorno
predominantemente natural, lo cual permite “vivir” la forma cómo el grupo
social poblador lleva a cabo su existencia, su supervivencia, y la matiza con
la manifestación de códigos simbólicos particulares. Es aquí donde no sólo
hay una ocasión para la vivencia de la interculturalidad como un objetivo
único de del viajero, sino una oportunidad para sensibilizarse y comprender
las diferencias culturales y los problemas que ha aparejado esta condición.
Muchas de las personas que visitan estas comunidades indígenas, incluyen-
do Ayapaina (el asentamiento objeto de estudio central particular en este
programa de maestría), lo hacen con este último sentido, aunque también
muchos arriban a la misma sin otro objetivo que disfrutar de la naturaleza y
poco les importa los problemas que aquejan a sus antriones.
Sobre esa base, se origina una actitud tanto en antriones como en visi-
tantes cuyo destino es impredecible en el caso concreto, pero que la teoría
antropológica y la sociológica ya han estudiado. A este se referirá el siguien-
te aparte.
3. La gestión de la actividad turística en asentamientos
yukpa: ¿fenómenos de homogeneización?
Tomando en consideración que genéricamente son dos los sujetos del
encuentro, visitante y antrión, los fenómenos que pueden estudiarse serían
de dos índoles o desde dos perspectivas diferentes, aunque estrechamente
vinculados. Sin embargo, en esta monografía sólo se abordará una pers-
pectiva y es la del receptor o antrión, que es el miembro de la comunidad
indígena. Interesa saber qué fenómenos operan en la mayoría de los casos de
encuentros interculturales en razón de la actividad turística.
Agustin Santana (1997), en su obra "Antropología y Turismo", aporta
una teoría de interés a la presente exposición. Se reere al fenómeno que de-
nomina cultura del encuentro, teoría que explica cómo ocurriría un proceso
de homogeneización de la cultura de la comunidad antriona.
La llegada de turistas a una determinada población implica un encuen-
tro que genera en los residentes un entorno caótico, de incertidumbre. Para
ordenarlo, el antrión adapta su cultura especíca local --de manera cons-
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ciente o inconsciente-- realizando una clasicación o categorización de los
individuos, lo cual deviene en la creación de estereotipos de los visitantes.
Esto lo realizan a n de simplicar sus características, de manera que dicha
caracterización es funcional y sin solución de unicar referentes dispares.
Así, se asignan estereotipos en virtud tanto de lo que ese grupo social resi-
dente atribuye a los visitantes, como lo que la práctica en la estructura de
servicios le atribuye, y asimismo, lo que resulta de las experiencias concretas
con los turistas, bien individual o grupal.
En razón de este proceso de estereotipamiento, se jerarquizan los visitan-
tes y organizan sus comportamientos esperados, preferencias y expectativas,
para acometer una transformación y producción de los elementos consumi-
bles de cara al público, entre los que guran la arquitectura, las ceremonias
rituales e, inclusive, los mismos individuos antriones.
Una nueva situación se da en la localidad, que no es precisamente una
copia exacta de la cultura local cotidiana, aunque guarda una analogía; sur-
ge, frente a la cultura matriz, una cultura adaptada, que presta de aquélla,
conceptos, valores y actitudes, pero que le diere. Las actitudes, productos
y transformaciones generadas en el marco de la actividad turística, se incor-
poran gradualmente, insiste el autor, y pueden reemplazar eventualmente a
la forma cultural original ordinaria (cultura local) del antrión bajo el riesgo
de homogeneizarse con el resto de los destinos.
McKean, citado por Santana (1997), indica que en estos casos la iden-
tidad étnica se sume bajo la tutela del sistema (turístico) asimilándose al
sistema industrial y orientando la economía local al consumo, todo lo cual
conduce a una homogeneización cultural. Con ello, se puede dar una trans-
formación de la población rural en urbana, así como una desviación de las
costumbres y el arte local.
Por otro lado, pueden citarse ciertos rasgos característicos del encuen-
tro residente-visitante que reforzarían la idea que se ha planteado, pues
fundamentan dicha actitud. Éstos son cuatro y han sido expuestos por la
UNESCO resumidamente en los siguientes términos: 1. Transitoriedad: el
encuentro turístico es temporal y por tanto el antrión lo puede ver como
una relación supercial que se repite en diferentes sujetos, con lo que se fun-
ciona a partir de estereotipos y no de individualidades; 2. Tiempo y espacio:
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la actividad turística tiene el efecto de intensicar y obligar el encuentro, la
contigüidad o el roce; 3. Espontaneidad: es una de las cualidades afectadas
en la relación, es decir, dadas unas determinadas relaciones humanas infor-
males y tradicionales, si forman parte del interés turístico, pueden conver-
tirse en oferta y transacción comercial, y pasar a organizarse con antelación
y formalizarse para cumplir con el itinerario y expectativas del turista; y, 4.
Experiencia desigual y desequilibrada de la relación turista-antrión: existe
un sentimiento de inferioridad por parte del residente o antrión, cuya
compensación es la explotación de las debilidades del turista por parte de
aquél.
En este orden de ideas, en un nivel más concreto se evidencia cambios
culturales que afectan tres formas culturales especicas: las formas anima-
das, como ceremonias religiosas o estas populares; las formas de culturas
reejadas en la cotidianidad, tales como el lenguaje y los cambio de uso; y
las formas de cultura inanimada cultura material, entre las que pueden con-
tarse la arquitectura, los lugares o monumentos históricos y la producción
artística y artesana.
El cambio en la primera de las formas citadas puede generar, bien el
rescate de ciertos eventos culturales, como también la creación de nuevos o
desvirtuamiento de los ya existentes, con lo cual se da lugar a la utilización
de los eventos como espectáculos comercializables. Por su parte, las formas
cotidianas también son susceptibles de sufrir transformaciones, pues la po-
blación antriona tiende a incorporar en su vocabulario elementos utiliza-
dos en el lenguaje del visitante, bien con el n de facilitar el encuentro y la
transacción comercial, bien como aspiración al estatus de los visitantes, en
razón de lo cual imitan tanto el lenguaje como el estilo de vida, fenómeno
que es conocido como efecto demostración.
En cuanto a la cultura material como forma de cultura que sufre cam-
bios en el marco de la actividad turística, se tiene a la artesanía, que pasa, de
ser producto de un trabajo cuyo signicado obedece al universo simbólico
tradicional” del antrión, a convertirse en un producto mercantil que debe
llenar los requisitos de un souvenir: “pequeño, barato, no demasiado exótico
y denotando simbólicamente el área visitada” (Santana, 1997: p. 102). Con
esto, se da lugar a lo que el autor llamó la “mercantilización de las represen-
taciones”.
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Aunque la teoría que coloca en terreno resbaloso a la actividad turística
como ocasión de reforzamiento de la identidad es más amplia y variada,
se limitará la presente exposición a lo ya dicho, pues se considera que esto
cumple con el contraste entre la revitalización y la homogeneización identi-
taria. Al llegar a este punto, resulta interesante poner en diálogo los elemen-
tos cuestionados en esta monografía, lo cual se hará a continuación.
Conclusiones
Los procesos de homogeneización han tenido tal repercusión en el ima-
ginario de la población criolla que aún hoy día resuena y se categoriza al
indígena en función de su grado de civilización, lo cual es una evidente
muestra de la discriminación que ha tenido como reejo la inferiorización
de los mismos por parte del conglomerado dominante en la sociedad. Ello
se arma porque el ordenamiento jurídico muestra el estado y categoría de
las tensiones existentes en una sociedad, es decir, el género de situaciones
que regula el derecho, sobre todo, si su regulación es incipiente, evidencia el
tipo de conictos que se suscitan al interior de su esfera regulatoria.
La cuestión indígena está en este contexto de tal forma que su regulación
no sólo ha sido difícil de lograr en tanto objetivación normativa, sino que la
ejecución de las instituciones que ha creado, ha generado --a su vez-- con-
ictos importantes, que han arrastrado consigo vidas humanas. El hecho
de haber sido difícil la operacionalización de las instituciones creadas para
hacer efectivos los derechos de los indígenas, puede remitir a una latente
consideración de los mismos como personas inferiores por parte de quienes
están a cargo de la ejecución, de la opinión pública o de quienes están invo-
lucrados en la problemática de las tierras, por ejemplo.
Sin embargo, el interés por lo exótico tanto del paisaje como del otro que
es el indígena, moviliza individuos y grupos a sus comunidades, restará co-
nocer si lo hacen aún concibiéndolos como sujetos inferiores, si les resultan
invisibles, o si se les equiparan. En todo caso, la vivencia de la intercultu-
ralidad que supone la actividad ecoturística puede servir como transición
hacia una comprensión de la esencia humana en su carácter multicultural.
Al lado de las actividades económicas de subsistencia que vienen rea-
lizando las comunidades indígenas, como son la agricultura, cría, pesca y
recolección, ha emergido en sus espacios esta práctica (turística) que es po-
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tencialmente generadora de ingresos y que podría signicar un alivio a las
necesidades locales. La modalidad especica en asentamientos étnicos de
este tipo, aplicados al caso concreto de la Sierra de Perijá, es el ecoturismo.
Se trata de una tipología relativamente nueva que ha sido dada en llamarse
turismo alternativo, por contraposición al turismo de masas, tanto por la
pequeña escala en que se practica como por el bajo impacto ambiental que
genera. Pero la adquisición del derecho colectivo a las tierras, que ha sido
objeto de incesantes y graves conictos es menester para que se de una
gestión libre y segura tanto para el visitante como para el mismo antrión.
Frente a la actividad minera y a la depredación ambiental que amenaza
la producción agropecuaria intensiva, el turismo se ha postulado reciente-
mente como preferible en espacios naturales de gran fragilidad ecológica.
Sin embargo, el impacto sociocultural que apareja puede devenir en con-
secuencias importantes que inclusive se perlan como homogeneizadoras.
Esto resulta irónicamente paradójico. La lucha por la reivindicación de los
derechos a la autodeterminación de los pueblos se ha orientado a la revitali-
zación de la identidad cultural, pero la gestión del turismo como alternativa
económica, que por demás resulta venderse como una ocasión “terapéutica
por la experiencia intercultural que implica, sucede que termina siendo un
fenómeno homogeneizador.
Son incomparables, no obstante, la homogeneización civilizatoria ilus-
trada y adaptada a las Américas en el contexto de la construcción de las
naciones emancipadas de la corona española, con la homogeneización cul-
tural que puede resultar de la gestión de la actividad turística local. La paz
es la diferencia. El pleno y libre ejercicio de la cultura en que consiste la
recepción turística no tiene nada que ver con la imposición de un universo
simbólico so pena de exclusión, sino con el consiguiente cambio a que obe-
dece la cultura como fenómeno dinámico.
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