Perspectivas. Revista de historia, geografía, arte y cultura de la UNERMB
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Perspectivas: Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura
Año 8 15 /Enero-Junio / 2020, pp. 63- 86.
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
ISSN: 2343-6271
Resumen
Este artículo muestra los resultados de un análisis etnográco sobre la institución
matrimonial Yukpa-Parirí y las formas rituales en su derecho consuetudinario a
partir del trabajo de campo etnográco, las observaciones y entrevistas realizadas
durante 8 años en la comunidad de Kasmera, en el bosque lluvioso de la Sierra
de Perijá, a pocos kilómetros de la frontera colombo-venezolana. Siguiendo la
perspectiva del materialismo cultural, y las propuestas teóricas sobre el derecho
consuetudinario propuestas por Colmenares Ricardo (2014) y Castro Daniel (2018),
se concluye armando que Kasmera está fundada y unicada en las relaciones de
liación y anidad entre sus miembros, fundadas todas en el matrimonio [Etampato].
Palabras clave: Matrimonio, familia Yukpa Parirí, derecho consuetudinario.
Marriage and customary law in the Yukpa-Parirí Nation: Toward an un-
derstanding of the social origens of the State and Penalty Law
Abstract
This article shows the results of an ethnographic analysis on the Yukpa-Parirí marriage
institution and the ritual forms in their customary law based on ethnographic eldwork,
observations and interviews carried out during 8 years in the community of Kasmera,
in the rain forest. From the Sierra de Perijá, a few kilometers from the Colombian-
Venezuelan border. Following the perspective of cultural materialism, and the theoretical
proposals on customary law proposed by Colmenares Ricardo (2014) and Castro Daniel
(2018), it is concluded by stating that Kasmera is founded and unied in the relationships
of liation and afnity among its members, founded all in marriage [Etampato].
Keywords: Marriage, yukpa parirí family, common law.
*Abogado, Sociólogo y Magister en Antropología Social. Docente en la Universidad Laica Eloy
Alfaro de Manabí Ecuador.
Recibido: Septiembre de 2019 Aceptado: Octubre de 2019
Matrimonio y derecho consuetudinario en la Nación
Yukpa-Parirí: Hacia una comprensión de los orígenes
sociales del Estado y el Derecho Sancionatorio
CARRERO, Mauro *
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
maurocarrero@gmail.com
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CARRERO, Mauro *
Introducción
Dedicado sobre todo al pueblo Yukpa, hombres y
mujeres que más temprano que tarde, vivirán su
liberación y autodeterminación denitiva.
Para el estudio de los elementos consuetudinarios que norman a las comunidades
originarias y que regulan su vida social, fue necesario enmarcar el mismo dentro de los
temas de la criminología, así como la antropología Social y Cultural. La Descripción
e Interpretación del matrimonio (Etampato) en la comunidad Yukpa (Parirí) de
Kasmera, en la selva boscosa de la Sierra de Perijá en Venezuela, a pocos kilómetros
de la Serranía de Motilones en Colombia, tiene por objetivo revelar las fuentes sociales
de las prácticas políticas y jurídicas en esta comunidad y, al mismo tiempo aportar a la
comprensión de las fuentes sociales del derecho contemporáneo.
Por un lado, en el marco de un debate creciente sobre el derecho consuetudinario,
como parte constitutiva del Estado de Derecho y Justicia de Venezuela y el Estado
de Derecho y Justicia Social del Ecuador, es importante la preparación de nuevas
generaciones de investigadores que comprendan interculturalmente las dinámicas del
derecho, la costumbre, la historia y las signicaciones de los pueblos amerindios, con
el n diseñar su integración al nuevo modelo jurídico y político.“Zaffaroni (2011)
plantea que el Derecho Penal es un sistema de ltros de lo que se permite y no se
permite sobre el principio de que toda acción social es básicamente permitida. De
esta idea se deriva el principio de que lo que no está prohibido está por consecuencia
permitido en la ley sancionatoria” (Iturralde Sesma, Victoria, 1998).
Para ello es prudente comprender que según, Colmenares
(2015),“la jurisdicción indígena lo constituye el uso del
derecho consuetudinario indígena, llamado también
derecho tradicional, costumbre jurídica o simplemente
derecho indígena para otros, que no es más que el
conjunto de normas de tipo tradicional con valor cultural,
no escritas ni codicadas, que están perpetradas en
el tiempo y que son transmitidas oralmente por los
miembros de una comunidad para luego ser reconocidas
y compartidas por el grupo social, como es el caso de
los pueblos indígenas (…) A diferencia del derecho
positivo, el derecho consuetudinario opera sin Estado,
mientras que las normas del derecho positivo emanan
de una autoridad política constituida y son ejecutadas
por órganos del Estado”.
En plena conciencia de los peligros que acarrearía comprender el derecho
consuetudinario indígena sin el contexto que le da sentido, el enfoque que se impone
es el etnográco. El jurisconsulto americano, el etnógrafo jurídico, el educador, el
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mediador, el juez, el abogado y el árbitro especializado en la contemporaneidad
inter y multicultural deben reconocer las categorías fundamentales que le permitirán
comprender, al menos:
1. la transmisión de la herencia,
2. los principios de distribución de la residencia y las tierras productivas,
3. la idea de espacio ancestral,
4. la estructura política y reproductiva de la familia
5. los niveles de integración de la cultura con la natura
6. la estructura nativa de la representación política, la negociación y el arbitraje,
7. la historia de la relación nativa entre natura-cultura, y el impacto de la colonia,
el feudalismo republicano y la modernidad en esa relación,
8. las deniciones nativas de infracción y pena, y
9. la historia intercultural entre los pueblos indígenas entre y entre ellos y
las personas e instituciones occidentales modernas, desde la perspectiva del
desarrollo moderno, y sus consecuentes percepciones de éxito y fracaso.
Se trata de una agenda transversal en el estudio prioritario de la antropología, gran-
colombina y americana, que resulta ineludible de cualquier proyecto de desarrollo
basado en el poder de la ciudadanía.
Sin embargo, por otro lado, también es posible identicar que la legitimidad de
la norma consuetudinaria subyace detrás del Derecho Positivo por cuanto la cultura
contemporánea legitima dentro de su cultura las formas de desviación y norma que dan
a luz muchas de las formas acabadas del derecho. De esta idea de que todo Derecho
penal es la expresión modicada y afectada por las inexiones de la política de muchas
formas del derecho consuetudinario subyacente en la sociedad contemporánea, se
desprende que todo Derecho penal contribuye a la noción de identidad, sin la cual, una
cultura perdería su sentido de pertenencia: Colmenares (2015);
“[El Derecho consuetudinario] es tan esencial a
los mismos [pueblos] que si se destierra se pierde su
identidad como pueblo. Las prácticas sociales más
signicativas que conforman la cultura de los pueblos
indígenas son las costumbres jurídicas propias (…) el
derecho consuetudinario es considerado generalmente
como una parte integral de la estructura social y la
cultura de un pueblojunto con la lengua (…) el derecho
(consuetudinario o no) constituye un elemento básico de
la identidad étnica de un pueblo, nación o comunidad”.
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En esta oportunidad, este estudio de la comunidad yukpa-parirí de Kasmera
enseña a comprender el conjunto de las normas de lo que el occidente moderno
denomina “derecho civil” en virtud de la dinámica política que da existencia material
y organizativa a una comunidad: el Etampato. Sin embargo, y por ello mismo, de esta
gura civil se desprende el cuerpo penal de la organización socio-comunitaria.
Según Louk Hulsman en trabajo presentado en la Conferencia dada el 6 de
noviembre de 1996 en el CINAP (Centro de Informática Aplicada) por el programa
UBA XXII, Hulsman, (1996);
“todos pueden abolir el sistema penal jerarquizando
por el civil dentro de cada uno, pero no es tan fácil,
lleva tiempo. Una de las formas en que yo lo he hecho,
es hablando con otro lenguaje. Cuando se habla de crí-
menes, de delitos, de víctimas y victimarios, lo que se
hace es per-petuar el sistema; nunca uso la palabra
“delito”, soy profesor en derecho penal, y sin embargo,
jamás uso la palabra delito, hablo de “eventos o hechos
punibles” y entonces hago una distinción, un aspecto del
hecho es despenalizable, pero para que sea penalizado
primero debe examinarse la situación.Mi primer valor
es respetar la diversidad ya que somos todos diferentes
y todos iguales. Las diferencias tienen derecho a existir.
Uno tiene que considerar la diver-sidad como un valor
fundamental, esto se entiende claramente cuando se ven
los movimientos ecológicos y se ven todas las diferencias
que existen en los distintos tipos de vidas y, sin embargo,
cómo todos se deenden y todos se respetan. Mi segundo
valor es: que los expertos y las autoridades están
para servir a la gente y no al revés, los expertos y las
autoridades están allí para la gente y no la gente para
los expertos. Expertos y autoridades tienen que respetar
la diversidad de los clientes y sólo pueden respetar esa
diversidad si los clientes pueden decir esa diversidad, si
tienen inuencia sobre las autoridades y los expertos”.
Para Baratta el concepto de derechos humanos es “el fundamento más adecuado
para la estrategia de la mínima intervención penal y para su articulación programática
en el cuadro de una política alternativa del control social”. (BARATTA, 2004).
Elementos contenidos dentro de la sociedad criolla con características pluriculturales y
multiétnicas, en la cual coexisten cosmogonías múltiples y por ende múltiples formas
de resolución de situaciones o eventos punibles, y que a lo interno de estos grupos son
resueltos sin recurrir al derecho penal formal. Desde la perspectiva de este autor esas
experiencias de estos sistemas socioculturales pueden ser susta-nciosos en la búsqueda
e implementación de un derecho penal mínimo.
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Por otro lado, el estado debe ser no solo comprendido en su dimensión ontológica,
sino que, esta comprensión debe ayudar a ver que el propio estado según Bob Jessop
por antonomasia en su esencia estructural como él lo dene debe ser relacional por
cuanto no hacerlo limitaría la explicites de la gobernanza, es decir, Jessop,(2014),
2014):
“De hecho, una tarea estatal clave es ayudar a la
organización de los arreglos espacio-temporales que
faciliten el aplazamiento y el desplazamiento de las
contradicciones, las tendencias a la crisis y los conictos
para el benecio de aquellos completamente incluidos
en el “interés general”, a expensas de aquellos más
o menos excluidos de él. A su vez, ello sugiere límites
claros a la posibilidad de concebir un estado mundial
que gobierne la sociedad mundial, ya que excluiría a
un exterior constitutivo de la búsqueda de un “interés
general”, o bien requeriría de un cambio fundamental
en las relaciones sociales para así prevenir la exclusión
social”.
De este modo, se integran las categorías derivadas de los literales d, f, h e i, en la
agenda sobre derecho consuetudinario que se indica arriba.
1.1. Los Yukpa
Los Yukpa comprenden una comunidad amerindia de liación lingüística caribe,
y constituye una de las cinco poblaciones indígenas que se encuentran en territorio
zuliano. Habitan entre las latitudes 9° 40’ y 10° 35’ norte. Comprendiendo esta
demarcación territorial parte del territorio Colombo - venezolano; es decir, habitan
parte de la Sierra de Perijá, la Serranía de Valledupar y la Serranía de los Motilones.
Del lado colombiano, los Yukpa son conocidos y autodenominados como “Yukos” y
están asentados en los connes orientales de los Departamentos de la Guajira y del
Cesar.
Del lado venezolano están asentados en la Parroquia Libertad del Municipio
Autónomo Machiques de Perijá y son conocidos y autodenominados “Yukpa”. Tanto
del lado colombiano como del venezolano comprenden 14 subdivisiones. Ocho de las
cuales están en el lado colombiano: Lo Iroka, las Candelas, Manaure, Maraca, San
Genaro, Sokomba, Susa y Yowa; así como seis del lado venezolano: Irapas, Macoitas,
Chaparu (Chaparro), Viakchi, Río Negrino, Wasama y Parirí. Esta última es el objeto
del presente trabajo.
Los Yukpa (Parirí) están ubicados en las márgenes del río Yasa de Norte a Sur.
En la margen derecha está asentada la comunidad de Kasmera y en la izquierda están
asentadas las comunidades de Botoncha, Caraquita, Candelaria, Sector Rio Yasa y
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Neremü. Todas ellas ubicadas en la parroquia Libertad del Municipio Autónomo
Machiques de Perijá, Zulia, Venezuela.
Son variados y múltiples los estudios realizados en estas comunidades que abordan
temáticas generales y cuyos resultados etnográcos generados pueden considerase
como preliminares y referenciales.
Entre los temas abordados pueden señalarse: los estudios para determinar la
liación lingüística Caribe en: (Alvarado L. 1921; Jahn, A. 1927; Carrocera, C. 1935;
Armellada, C. 1948, 1959; Comisión de Lingüística. Editores, 1982). La recopilación
de la mitología y una aproximación a la cosmovisión, (Villamañan, 1969, 1982;
Armato, J. 1988.). El problema de la tenencia de la tierra (Arvelo, J. Y Otros.
1986; Álvares, A. y Portillo, L. 1994; Chirinos, O. 1997.). Las prácticas de etnocidio
acometidos contra la minoría Yukpa (Julian, R. 1973; Castillo, J.A. 1980.). La música
e instrumentos musicales (Juárez. y J. Manuel. 1978; Lira, J. 1989; Carrero, M. y
Castro Aniyar, D. 1991.). Dada la variedad de los grupos Yukpa, los estudios realizados
han estado caracterizados por ser esencialmente etnográcos (Fernández - Yepez, A.
1945; Ramón y Rivera, L. F. 1966; Ruddle, K. 1970, 1971, 1978; Horacasitas, F. 1976;
Lhermiller, A. 1980; Lhermiller, N. 1980; Ruddle, K. y Wilbert, J. 1983).
De estos estudios los más citados son los de Ruddle y Wilbert (1983); sin embargo,
los datos proporcionados pueden ser considerados como preliminares y referenciales
ya que, esta investigación fue realizada en la década de los 70 y publicada en el año
1983. Sobre la comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera no se estudió el sistema de
parentesco ni el matrimonio (Etampato). Sólo se planteó que: “los datos preliminares
sobre la terminología de parentesco de los Parirí indican que los Yukpa tienen un
sistema de fusión bifurcada, con terminología Iroqués para los primos;... (RUDDLE,
K. y Wilbert, J.1983. pp. 82-83.)”.Asimismo, añade en una nota de pie de página que,
por tratarse de datos preliminares, los autores no presentan diagramas de parentesco.
De lo armado por estos autores se evidencia el hecho de que es imposible que, a
partir de los datos presentados, se haya podido conocer previamente a este estudio,
en profundidad, el sistema de parentesco de esta comunidad y la institución social y
cultural del matrimonio.
1.2. El Matrimonio
Kottak, (2011): “El matrimonio es una de las
instituciones más complejas y fundamentales de las
sociedades humanas; permite reconocer, desde la
designación de los nombres, hasta la función de los
individuos; establecer los padres legales; dar a uno o
a ambos cónyuges el monopolio de la sexualidad; dar
a uno o a ambos cónyuges derechos sobre el trabajo
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del otro; dar a uno o a ambos cónyuges derechos
sobre la propiedad; establecer un fondo conjunto de
propiedad en benecio de los hijos y establecer una
relación de anidad socialmente signicativa entre los
cónyuges y su parientes”.
Si se asume que el matrimonio tiene las dimensiones señaladas, su estudio
en una determinada comunidad permite conocer la manera cómo se organiza
la estructura social de la misma y es posible descifrar el entretejido del sistema
sociocultural.
En el caso particular de esta investigación, se respondió a dos interrogantes
básicas; en primer lugar, ¿Cuál es el sistema de matrimonio (Etampato) en la
comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera? y, en segundo lugar, ¿Cómo se pone en
evidencia la correlación existente entre la liación y anidad entre sus miembros
fundados en el matrimonio?
La meta-hipótesis de esta investigación consiste en tratar de comprender a la
gura matrimonial como la fuente de la organización socio-jurídica toda. Esta
idea coincide con la idea de origen Marxiano de que el Estado moderno es la
representación de la familia burguesa, fundada ésta a su vez sobre el contrato
matrimonial. Ambos contratos, Estado y matrimonio, organizan el usufructo de
la transformación económica de la naturaleza en riquezas, para dirigirla en otras
formas de legitimidad política, formaciones institucionales más precisas, así como
el desarrollo y adaptaciones de las formas jurídicas.
El matrimonio constituiría así el contrato básico de Estado Moderno, y, por
tanto, sería la fuente de la generación relacional de legitimidad e institucionalidad.
El Estado Moderno, así como la norma sancionatoria que le da forma, sería una
metáfora de la relación matrimonial. El Estado es el matrimonio de todos los
matrimonios de una nación.
Castro Aniyar, (2016): “Las consecuencias teóricas
de este giro tienen pertinencia en la ideación de las
formas jurídicas, su legitimidad y evolución, tal como
se ha venido indicando aun tímidamente en otras
investigaciones sobre las fuentes consuetudinarias del
Derecho”. (Castro Aniyar, 2016).
Sin embargo, los alcances teóricos de esta meta-hipótesis aun no son abordados
integralmente en este artículo, aunque subyazcan detrás de él. Por lo pronto, se dedicará
el esfuerzo a la descripción de la gura matrimonial como fuente de juridicidad indígena
en la comunidad yukpa-parirí de Kasmera y como estrategia, tanto de apropiación de
los recursos de riqueza, como del orden interno y las relaciones extra-étnicas.
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2. Etampato. El Matrimonio, Reglas y el Tabú del Incesto.
El matrimonio entre los Yukpa (Parirí) de la comunidad de Kasmera al igual que
muchos sistemas socioculturales del mundo, constituye una institución cimentada
como la base de concreción del sistema de parentesco, independientemente de que no
haya una denición universal del matrimonio, para este tipo de institución:
Fox, (1979): “Se reeren al <nacimiento, la cópula
y la muerte>...La cópula da lugar a la relación entre
pareja, fundamento del matrimonio y de la paternidad.
Los nacimientos producen niños y el perdurable lazo
madre - niño, el más fundamental y básico de todos
los lazos sociales. La muerte aporta un vacío al
grupo social y exige un reemplazo; el nacimiento y la
paternidad son la respuesta: un heredero. El hecho de
existir dos sexos con funciones distintas signica que
hay medios alternos de decidir quién será el heredero”.
En esta comunidad el matrimonio establece el padre “legal” de los hijos, que en
este caso es el padre y la madre. Cuando éstos se separan, los hijos quedan con el
padre.
Entre los Yukpa ocurre que el monopolio de la sexualidad recae sobre el hombre,
pero no está permitido, al menos “legalmente”, que éste tenga más de una mujer; en
cambio, ninguno de los dos, ejercen derechos sobre el trabajo del otro. Los derechos
sobre la propiedad son compartidos y cuando se produce el rompimiento se reparten la
propiedad. Repartición que queda supeditada al motivo de la separación. Esto garantiza
un fondo conjunto de propiedad -una asociación- en benecio de los hijos y establece
una relación de anidad socialmente signicativa entre los cónyuges y sus parientes.
La signicación del matrimonio es tal que éste dene las normas culturales y
sociales y dentro de éste, los aspectos económicos y políticos, ya que la unión de las
parejas en esta comunidad es el centro de las complejas relaciones sociales, con claras
incidencias económicas y políticas.
La unión de parejas, entre los Yukpa (Parirí) de Kasmera contempla algunas
prohibiciones sobre este particular; es decir, entre ciertos individuos o grupos sociales.
La prohibición más común es la de no seleccionar entre cierta clase de parientes: madre-
hijo, padre-hija, hermano hermana y primos cruzados y paralelos. La situación se
extiende más allá del grupo familiar hasta la tercera generación.
Se han elaborado muchas teorías para explicar el origen de la prohibición de las
relaciones incestuosas. En este caso, se explicarán las observadas en la superestructura
mental emicde los Yukpa (Parirí) de la comunidad de Kasmera y las posiciones
conductuales etic que la caracterizan.
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En el caso de la comunidad estudiada la convención del incesto tiene una dimensión
mítica ancestral porque, los Atanchas (ancestros) son personajes de la mitología Yukpa
que fungen como reguladores y/u ordenadores sociales y culturales; es decir, se les
atribuye a ellos la denición de lo que se puede hacer o no con respecto al matrimonio
y la prohibición del incesto.
En el parentesco, son “ellos” los que establecieron la prohibición de unirse en
matrimonio con los primos cruzados y paralelos (primos en primer grado, al igual que
en el sistema sociocultural venezolano y ecuatoriano).
Nanda, (1992): “Lo que cobra mayor fuerza es lo
que señala la teoría, en lo que coinciden Malinowski
y Freud, de la prevención de la desorganización, es
decir, se regula con quien se puede aparear ya que, el
deseo de relaciones sexuales dentro de la familia es
muy fuerte, así se cumple la función más importante
del tabú del incesto, que es la prevención de la
desorganización en la familia nuclear”.
Sin embargo, esta teoría no explica la prohibición de las relaciones entre hermanos
y hermanas, ni entre primos cruzados y paralelos. Solo el tabú del incesto familiar
tiene la ventaja de prevenir la desorganización de la familia sobre la competencia
sexual y promueve la procreación externa y la variabilidad genética.
Nanda, (1992): “Otra teoría que explica desde
la perspectiva eticla convención del incesto es el
establecimiento de alianzas más amplias que fue
propuesta por Levi – Strauss, para asegurar la
acentuación de la cooperación entre grupos más grandes
que la familia nuclear. Esta situación se observa con
claridad en el sistema sociocultural Yukpa”.
2.1. Alianzas.
2.1.1. Exogamia, Endogamia, otras reglas de Matrimonio y número de es
-
posos y esposas.
Los Yukpa (Parirí) de Kasmera practican las uniones matrimoniales exogámicas,
sustentadas en ordenamientos establecidos míticamente por los Atanchas (Ancestros),
dentro de los grupos primarios familiares, hasta los primos cruzados y paralelos.
Los Atanchas han dejado una regulación para establecer las parejas, la cual ha
sido trasmitida de generación en generación. En ésta se prohíbe el matrimonio
entre parientes hasta los primos cruzados y paralelos. Esta prohibición garantiza la
supervivencia del grupo y estimula las relaciones exogámicas abriendo caminos para
la concreción de alianzas más fuertes con otros sub grupos Yukpa y otros pueblos no
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Yukpa.
Esta comunidad estimula el intercambio de mujeres con otras comunidades vecinas
y hasta con individuos no Yukpa, ya que la unión dentro de los grupos primarios
familiares dentro de la comunidad limita las posibilidades de relaciones ínter grupales
e inter familiares.
La exogamia ofrece ventajas similares a la convención del incesto, además de
reducir el conicto sobre el sexo dentro los grupos porque conduce a alianzas entre
diferentes familias y grupos. Estas alianzas entre grupos mayores que las del grupo
primario son de un gran signicado adaptativo para los miembros de esta comunidad.
Tales alianzas contienen componentes económicos, políticos y religiosos. De esta
manera, la exogamia constituye un conjunto de derechos y obligaciones intergrupales
de las relaciones derivadas o establecidas por el matrimonio, lo cual se evidenció
abundantemente en las observaciones hechas en la comunidad.
Las uniones en esta comunidad muestran claramente las relaciones exogámicas que
permiten la uidez en las relaciones; es decir, que estas uniones no sólo representan
las uniones entre hombres y mujeres, sino lo concreto de las alianzas entre las
comunidades. Ello no signica que no existan conictos, pero éstos son aminorados a
través del matrimonio exogámico.
La práctica de la endogamia no se presenta entre los Yukpa (Parirí) de Kasmera.
Los testimonios recogidos apuntan a una conciencia explícita de la importancia de la
exogamia en tanto que ella permite y garantiza acrecentar las posesiones a los grupos
que se relacionan a través del matrimonio.
En esta comunidad no se favorece el matrimonio entre primos cruzados:ego no
debe casarse con la hija del hermano de la madre o con el hijo de la hermana del padre.
Tampoco se favorece el matrimonio entre primos paralelos:ego no debe casarse con
la hija de la hermana de la madre o con el hijo del hermano del padre.
Las dos situaciones se presentan en el caso de los Yukpa (Parirí) de Kasmera,
dado que la prohibición del incesto en este grupo abarca a los primos cruzados y
paralelos en tanto que son considerados familia primaria, independientemente de que
la terminología que se utilizará en esta investigación para los primos sea Omaha. La
tendencia es pues, establecer matrimonio fuera de su ámbito, con mujeres y hombres
que no sean considerados parientes en primer grado.
La comunidad tiene reglas que denen este aspecto. Ocurre como regla generalizada
la monogamia, la cual permite que un hombre esté casado con una esposa a la vez y
que una mujer esté casada con un esposo. Sin embargo, hoy en día ocurren con tanta
frecuencia las separaciones (divorcios) que la denición anterior debería plantearse
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como una monogamia seriada: Los matrimonios no son indisolubles “hasta la
muerte”, porque la gente se casa, se divorcia y se vuelve a casar, mostrando por un
lado que no hay poligamia, pero tampoco una monogamia pura.
Los Yukpa (Parirí) favorecen la estabilidad de la familia nuclear monógama y
privilegian la idea del amor como una de las inspiraciones de la unión.
2.3. La Familia y Grupos Domésticos
Lo que caracteriza a la familia Yukpa (Parirí) de la comunidad de Kasmera, es:
1. a) su constitución como familia nuclear, es decir, compuesta por los padres
y los hijos, y
2. b) su marcada tendencia a la patrilocalidad.
Es decir, que la descendencia inmediata y hasta una tercera y más generaciones
establecen sus unidades de vivienda alrededor de la gura de un hombre que funge
como unicador de la familia. Esta situación es evidencia de la patrilinealidad dentro
del grupo familiar de modo que, mientras más numeroso sea el grupo, éste será más
importante dentro de la comunidad.
En otras palabras, en esta sociedad, los agrupamientos residenciales son más
funcionales que las entidades ideales de los linajes, ya que ésta distingue la manera
de estar ausente o presente en el grupo doméstico, dependiendo de sí la residencia de
la pareja está en las tierras o proximidades del grupo de parientes del marido, o más
especícamente si está en las tierras del padre del marido. Esta dinámica devela que,
tanto la liación como los patrones de residencia son patrilocales presentándonos un
régimen armónico.
Todo ello es comprensible si entendemos por grupo doméstico, la relación de
parentesco que se establece entre grupos de individuos no necesariamente unidos por
lazos de consanguinidad, y cuyo propósito puede estar en fortalecer al grupo en lo
económico, lo político y en lo social.
En esta comunidad existen tres grupos domésticos, siendo el más grande al que
pertenece Amalia Pérez compuesto por 16 familias que corresponden a 80 individuos
niños, jóvenes y adultos de ambos sexos. Le sigue el de José Vicente Ramos constituido
por 10 familias que corresponden a 40 individuos, niños, jóvenes y adultos de ambos
sexos. Por último, el de Alirio Romero, constituido por 7 familias que corresponden a
27 individuos niños, jóvenes y adultos.
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Mientras más grandes sean los grupos domésticos, más prestigio, más poder
económico y político tendrán sus miembros, así lo demuestra el grupo doméstico al
cual pertenece la primer Yuatpü (Amalia Pérez), el más numeroso de la comunidad, lo
cual garantiza su poder político y económico.
2.4. Reglas de Residencia Postmarital.
La patrilocalidad, como regla, obliga a que la mujer escoja vivir con el padre y los
parientes de su esposo, ya sea en la misma vivienda o habitando cerca o como familia
compuesta.
Otras reglas son: la ambilocalidad, donde la pareja puede escoger entre vivir con
los parientes del esposo o de la esposa y la neolocalidad, donde la pareja se irá a
vivir de manera independiente, es decir, fuera de la inuencia tanto paterna como
materna. Estas dos últimas reglas se presentan como hechos que podríamos calicar
de excepcionales en el contexto de estas comunidades. Pero no encontramos casos,
lo cual no signica que pudieran presentarse, debiéndose evaluar a profundidad su
ocurrencia.
Para explicar la relación existente entre parentesco, patrones de asentamiento y
relaciones de poder es importante hacer las siguientes aclaratorias:
En la comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera hay 35 unidades familiares, todas
caracterizadas por ser familias nucleares, constituyendo un aproximado de 147
habitantes, donde más de la mitad, son niños menores de 12 años. Los informantes
que dieron cuenta para denir la particularidad de la regla de residencia postmarital
de carácter patrilocal fueron la personas Amalia Pérez (Primer Yuatpü de Kasmera)
y Jesús Terán Primer Yuatpü de Neremü, Mística Valbuena, hermana de éste, y José
Vicente Ramos Tuano de Kasmera (no Yukpa).
En el primer caso, encontramos que alrededor de la casa de nuestro informante
Jesús Terán, vive su hijo menor (llamado también Jesús Terán). Fue el último en
casarse. Antes de casarse ya tenía asignada su vivienda, al lado de la de su padre,
formando una la que va de sureste a noreste. Con una separación de escasos cinco
metros entre las viviendas, están Naila Terán, casada con Adelmo Romero quien es
Yukpa (Macoíta) de la comunidad de Aroy. Siguen en ese orden Rigoberto Terán,
casado con Caripa Romero quien es Yukpa (Wasama) de la comunidad de Wasama.
Contiguamente vive Américo Terán, casado con Trina, de nacionalidad colombiana
(no se pudo conocer el apellido).
Igualmente se observaron viviendas ubicadas en dirección nordeste a suroeste
y subiendo una pequeña loma, las cuales seguían mostrando la patrilocalidad con
respecto a Jesús Terán y Mística Valbuena: María Valbuena (hija de Mística Valbuena)
Perspectivas. Revista de historia, geografía, arte y cultura de la UNERMB
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Matrimonio y derecho consuetudinario en la Nación...
la cual está casada con Antonio Romero (enfermero de Kasmera), quien es Yukpa
(Wasama) de la comunidad de Wasama. Luego vive Mística Valbuena casada con
Prudencio Romero quien es Yukpa (Wasama) de la comunidad de Campa; luego vive
Estilita Vargas sobrina de Jesús Terán e hija de Mística Valbuena, quien está casada con
Felipe Briceño, criollo de la población de Machiques. Luego vive Sobeida Valbuena
hija de Mística Valbuena, casada con Jaime Romero quien es Yukpa (Chaparro) de la
comunidad de Marewa.
Estos grupos familiares evidencian la patrilocalidad y la exogamia pero sobre
todo evidencian la relación entre parentesco, patrones de asentamiento y relaciones
de poder político.
En el primero de los casos, se aglutina alrededor de Jesús Terán, un ejemplo típico
de patrilocalidad como patrón de asentamiento. Dentro del segundo caso, encontramos
presencia de una patrilocalidad de carácter colateral, que se explica por el hecho de que
Mística Valbuena fue abandonada por un Wuayúu
1
, cuyo nombre no pudimos conocer,
quedando en ella, la responsabilidad de crianza de los hijos habidos de la relación. Se
concentra en ella, entonces, la patrilocalidad reforzada por la presencia de su hermano
Jesús Terán quien es el Primer Yuatpü de Neremü.
Los individuos antes mencionados, forman una alianza de parentesco por liación
y anidad reforzada en los patrones de asentamiento alrededor del primer Yuatpü,
implicando a su vez mayor concentración en las relaciones de poder.
Ahora se describe el caso de José Vicente Ramos, quien es de origen criollo
(especícamente de “El Sombrero”, Estado Guárico), quien vive en la comunidad de
Kasmera desde hace 60 años y que tal como él mismo lo plantea, “me siento Yukpa”
(Ramos, 2008)José V. Entrevista 16 de Septiembre de.). La parentela de Vicente
Ramos forma el segundo grupo en importancia numérica dentro de los patrones de
asentamiento y poder político, en ella se encuentra ubicada Amalia Pérez quien es
primer yuatpü de la comunidad de Kasmera, que forman parte de la organización
política tradicional en esta comunidad Yukpa. La observación arroja que ellos
constituyen un grupo importante de opinión y de presión en la toma de decisiones que
afectan a la comunidad.
Este grupo de parentesco sigue patrones de asentamiento alrededor del señor
Ramos y están ubicados en la parte de abajo de la comunidad, cercanos a los terrenos
asignados como cementerio, pero también en la parte de la loma, en su parte más al sur.
Finalmente, existe un tercer grupo que sigue las reglas antes expuestas. Es un grupo
1 Indígenas de tronco lial lingüístico arawak, característicamente procedentes del de-
sierto de la Guajira en la frontera colombo venezolana, a varios cientos de kilómetros al Norte
de los Yukpa.
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CARRERO, Mauro *
más pequeño (siete familias); sin embargo, no fue posible entrevistarlos directamente
ya que representan el grupo que emigra constantemente a la Ciudad de Maracaibo en
búsqueda de “mejores” condiciones de vida. Los benecios económicos queobtiene
la comunidad son distribuidos entre los dos grupos más fuertes; es decir, entre los
pertenecientes a la parentela de Jesús Terán y el señor José Vicente Ramos.
2.5. Reglas y Formación de Grupos de Descendencia, grupos de edad y sexo,
generacionales, edad relativa, linealidad versus colateralidad, parientes
consanguíneos versus anes y sexo del pariente vínculo.
Entre los Yukpa (Parirí) de la comunidad de Kasmera las reglas de descendencia se
reeren a la liación culturalmente establecida con uno o ambos padres. El grupo de
descendencia es consanguínea y dene una linealidad con un antepasado común que se
extiende a más de dos generaciones. En el caso que nos ocupa, las reglas observadas se
ubican en el tipo patrilineal, donde la línea de descendencia la dene el lado paterno.
La manera como se clasican los parientes entre los Yukpa tiene su incidencia en
la estructuración del universo social y cultural regulando la conducta de los individuos
y de la comunidad, repercutiendo a su vez en lo intrasocietal y extrasocietal. Dado
que el parentesco tiene un componente ideal y uno real, los individuos en esta
comunidad actúan de acuerdo con las normas culturales, las diferencias individuales
de personalidad modican la relación real que tienen los individuos con sus parientes.
Pasaremos a analizar algunos de los principios de clasicación de los parientes para
entender cómo se concretan estas normas culturales y sociales.
Ésta dene, en los diferentes sistemas socioculturales, la situacionalidad en que
ego” nombra a su parentela y genera en éste un comportamiento en concreto. En
el caso de los Yukpa (Parirí) de la comunidad de Kasmera, madre (Manshi), tías
maternas (Manshi Yapisnü), padre (Papshi), tíos paternos (Eboo),se reeren a una
generación anterior a ego. Abuelo (Ortare) y abuela (Awatpurü), a otra generación
más arriba. Hermano (Auyepisnü) y primo paralelo (Auyepisnu NepurüoBusini),
hermana (Auyenasü) y prima paralela (Auyenasu Ensi), primo cruzado (Akono) y
primas cruzadas (Apashi), se reeren a la misma generación de ego. Sobrino (Patum)
y sobrina (Apashi), a una generación posterior.
Además de estos términos, es importante destacar que para diferenciar entre
mayor y menor existen los términos aru y yako respectivamente, puesto que existen
denominaciones diferentes para hermano mayor, hermano menor, tío mayor, tío
menor, etc. Esta diferencia generacional tiene su peso especíco para la posición que
determinado individuo pudiera asumir en lo político dentro de la comunidad siempre
y cuando el mismo sea un “Atippa”, es decir, un adulto.
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Matrimonio y derecho consuetudinario en la Nación...
Un individuo puede tener una edad biológica y una edad social y cultural, producto
de algún acontecimiento que se concreta en un ritual de paso. En la comunidad
estudiada supimos de algunos casos ocurridos en épocas anteriores, sin embargo, para
el momento de nuestra investigación no se presentó ninguno. En estas circunstancias
la manera de nombrar a los parientes según la edad biológica o cultural de éstos
cambia; por ejemplo, se nombrará de una manera al hermano mayor (auyepisnü aru)
y de otra al hermano menor (auyepisnü yako); la hermana mayor (auyenasü aru) y
la menor (auyenasu yako), presentándosele esta situación a los diferentes miembros
que conforman la parentela de ego. Esta manera diferenciada de nombramiento
tiene sus repercusiones en lo político en tanto y en cuanto tendrá mayor prestigio
un hermano mayor que uno menor, dentro de las signicaciones que ego haga y las
responsabilidades que estos mayores pudieran asumir dentro de la comunidad.
Los parientes lineales están vinculados consanguíneamente de manera directa, es
decir, abuelo, padre, hijo (ortare, papshi, wini).
Los parientes colaterales, se reeren a aquellos que en la terminología de parentesco
son nombrados de manera similar y en consecuencia, generan en ego conductas sociales
acordes a esta situación. Por ejemplo, entre los Parirí, a pesar de que el hermano del
padre (eboo) de ego no es nombrado como padre, sus primos paralelos son nombrados
como hermanos de éste (auyenasü; auyepisnü). Ocurre también, que la hermana de la
madre (manshi yapisnü) de ego es nombrada igual que ésta; sin embargo los primos
cruzados son nombrados de manera distinta; es decir, como primos de ego (akono,
masculino; apashi, femenino). Esta situación genera en ego conductas similares para
con estos parientes. Igual ocurre si se presentara la misma situación del lado de la
madre de ego.
Dentro del carácter patrilineal de la comunidad estudiada, implica que todos los
descendientes consanguíneos como los colaterales tienen mayores posibilidades de
ocupar responsabilidades políticas. Esta distinción establece que la terminología
para clasicar a los parientes del lado paterno sea distinta a las del lado materno y se
evidencia en la terminología de parentesco Yukpa (Parirí) de esta comunidad. Además,
al estar los primeros en presencia de una comunidad de carácter patrilineal tienen
mayores privilegios.
Con relación a la terminología de parentesco de acuerdo al sexo, tienen una manera
distinta de nombramiento según sea el sexo; es decir, tío, tía, hermano, hermana,
abuela, abuelo, primo, prima, (Eboo, Apashi -paterna-, Manshi -materna-, Auyepisnü,
Auyenasü). No obstante, es el “principio hombre” el que rige, produciendo que sean
éstos quienes cumplan los roles de dirección política dentro de la comunidad.
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CARRERO, Mauro *
Dentro de esta comunidad de Kasmera, en su terminología de parentesco, estas dos
situaciones son distinguibles, por ejemplo, en el caso de las hijas (Auyensi), nueras
(Yesa auyepisnü), hermanas (Auyenasü), cuñadas (Yesi). Con relación a lo político,
se tiene preferencia por los parientes consanguíneos, pero las anes gozarán de los
privilegios que derivan del poder político y de su liación.
En este sistema sociocultural es importante el sexo del pariente vínculo y se
distingue en la terminología, como por ejemplo con: los primos cruzados que se
nombran de diferente manera a los primos paralelos. Estas distinciones son importantes
en tanto se establecen reglas de apareamiento como la prohibición del incesto y algunos
privilegios con relación a su vinculación con individuos que gocen de prestigio social
y político dentro de la comunidad.
2.6. Kasmera, Parentesco Y Poder
2.6.1. El Parentesco
Nanda, (1992): “Los sistemas de terminología
de parentesco, reejan los tipos de parientes que
son más importantes en una sociedad. En este
particular los antropólogos han identicado seis
sistemas diferentes de terminología de parentesco:
Hawaiano; Esquimal; Iroqués; Omaha; Crow y
Sudanés”.
Luego de un riguroso trabajo etnográco y etnológico, como se hizo explicar,
podemos armar que la comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera se puede catalogar
dentro de la terminología Omaha.
2.7. Organización Política en la Comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera.
En este sentido, el enorme aparato de la ley y el orden asociados a la vida moderna
de nuestro mundo occidental, no es analogable en las culturas organizadas en jefaturas
como es el caso de los Yukpa (Parirí) de Kasmera, como tampoco existe una guerra de
todos contra todos, como indican algunos prejuicios comúnmente extendidos.
Sin embargo esta sociedad goza de un alto grado de seguridad personal sin tener
soberanos o especialistas en la ley y el orden. En otras palabras, ella carece de rey,
reina, dictador, presidente, gobernador o comandante de fuerzas policiales, soldados,
marineros o de agentes del tesoro o jefes de la guardia nacional. No hay alguaciles,
jueces, scales, jurados o funcionarios de tribunales; ni tampoco carros patrullas ni
cárceles o penitenciarías, pero de jefe de la aldea designado por los atippa (Adultos)
de la comunidad (Yanunto).
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Las razones básicas de este modelo de organización social son, en primer lugar,
el tamaño tan pequeño de la sociedad; en segundo lugar, la importancia de los grupos
domésticos y el parentesco en su organización social y; en tercer lugar, la ausencia de
desigualdades en el acceso a la tecnología y los recursos.
En la comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera el orden político o gobierno, no es
una entidad aparte, sino que se encuentra inmersa en el orden social total. Resulta
difícil caracterizar un acto o evento como político en lugar de meramente social. En el
estudio de campo hemos presenciado que lo que prevalece es la autoridad, entendida
ésta como el uso socialmente aprobado del poder.
La jefatura, es una forma intermedia de organización política entre la tribu y el
estado basada en el parentesco, y tiene un acceso diferencial a los recursos y una
estructura política permanente. La organización política, en el sistema sociocultural de
la comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera se maniesta como mediación de los asuntos
públicos de la misma, cuestión que no se diferencia de la justicación que encarna
nuestro propio sistema sociocultural. Por otro lado, su organización en jefatura,
caracterizada por poseer una estructura política permanente, un acceso diferenciado a
los recursos y estar basada en el parentesco, le imprime su diferenciación fundamental
con la sociedad criolla que se denota:
Nanda, (1992): “En la mayoría de las sociedades la
autoridad para tomar decisiones que afecten el interés
público se coloca en algunas partes del sistema social,
tal como el parentesco, la economía o la religión.
Los jefes de grupos pueden gobernar en virtud de sus
posiciones como cabezas de familia, linajes o clases.
En otros casos, los jefes basan su derecho en el linaje
divino. En algunas sociedades, la coordinación y la
regulación de la conducta pueden estar en manos de un
practicante religioso. ...Si la autoridad política se basa
en la distribución de bienes y servicios, como ocurre
con frecuencia, la jefatura formará parte integral de los
roles y modos de intercambio económicos”.
Podemos establecer que la jefatura está basada fundamentalmente en un linaje de
carácter patrilineal que garantiza la distribución de bienes y servicios, producto de
los intercambios económicos a lo interno de la comunidad, con otras comunidades
cercanas, con organismos privados y públicos de incidencia local, regional, nacional
e internacional.
Existen otras características que distinguen a esta jefatura. Por una parte, los
segmentos que la componen son estructurales y funcionalmente diferentes entre sí. El
sistema de rangos signica que algunos linajes y los individuos dentro de ellos, tienen
un estatus social más alto o más bajo que los demás. Por la otra, Kasmera y su Yuatpü
Perspectivas. Revista de historia, geografía, arte y cultura de la UNERMB
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CARRERO, Mauro *
(Cacique) están constituidos como un liderazgo centralizado; es decir, un centro
gobernante centralizado, donde el jefe y su autoridad política están estrechamente
ligados a los patrones de intercambio redistributivo y la comunidad, a través de su
Yuatpü, es el centro del poder de otras comunidades Parirí (Candelaria y Botoncha),
pero también en representación de comunidades Wasamas (Campa y Wasama).
La jefatura se ha logrado como producto del intercambio de mujeres, reglas
exogámicas de uniones, además de un liderazgo que logra ser considerado por el resto
de los Yuatpü de las comunidades, antes mencionados como legítimos, en función de
su representación con otras comunidades Yukpa y con los criollos, para la solución de
problemas o asuntos concernientes a las comunidades.
Esta legitimidad, fue visible en los sucesos de abril de 1993
2
, cuando un grupo de
funcionarios de la guardia nacional venezolana dio muerte a tres individuos Yukpa de
la comunidad de Kasmera; por una disputa en el tráco de madera en la zona.
Los bienes se dirigen al Yuatpü como centro y son redistribuidos según su
generosidad concretamente en la organización de estas y en patrocinar rituales.
Por otro lado, los excedentes económicos de la economía comunitaria se usan para
beneciar a la sociedad entera a través de las mencionadas estas y en trueque por
trabajos y, al mismo tiempo, es el apoyo principal del poder y el prestigio del Yuatpü.
Otras características importantes dentro de esta organización de jefatura en la
comunidad Yukpa (Parirí) de Kasmera, lo constituyen el hecho de que el excedente
económico da grados de seguridad elevados a los miembros de la comunidad. El
cacique puede, de esta manera, distribuir el trabajo y los alimentos; evita el estallido
de la violencia entre segmentos de la comunidad y le da mayor poder, frente a otras
comunidades.
2.7.1. Estructura Política entre los Yukpa (Parirí) de la Comunidad de
Kasmera
La comunidad posee una estructura política de carácter permanente que
determina el proceso de la toma de decisiones que afectan el interés público.
Esta modalidad de jefatura está íntimamente ligada al sistema de parentesco
como elemento interactuante y estructurante. En este contexto es importante
analizar su estructura, para comprender a profundidad los procesos de toma de
2 Esto por solo nombrar uno de los tantos episodios donde lastimosamente los encuentros con
órganos del estado, grupos irregulares, ganaderos y poblaciones campesinas han terminado
en desenlaces fatales para el pueblo Yukpa en todo su territorio a lo largo del encuentro con
la sociedad criolla, hasta nuestros días (agosto de 2020) en los cuales hay una pandemia por
el Covid-19 producto de la propagación a nivel mundial y estas comunidades están totalmente
desprotegidas y desasistidas.
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decisiones, quiénes forman parte de esta estructura y por qué su importancia
intracultural y extrasocietal.
El signicado literal de la nominación Yuatpü es de “el más sabio”, y sobre ellos
recae la responsabilidad de ser los jefes de la comunidad. En comparación con el orden
jerárquico de los criollos, para dar a conocer la responsabilidad de estos personajes, su
rango será el de jefe o cacique.
La designación del primer Yuatpü se hace por elección de la asamblea de la
comunidad, en esta elección intervienen tres factores determinantes: primero, y más
importante, lo constituye el linaje caracterizado por ser patrilineal, segundo, por
la importancia en número (cantidad) e inuencia política y económica del grupo
doméstico y tercero, por su “capacidad”. Aunque algunos miembros de la comunidad
que fueron entrevistados plantearon que, “... el cargo de cacique no es hereditario,
es por su capacidad de defender su comunidad, que sepa resolver problemas, tanto
dentro como fuera” Romero, (2008).
El linaje condiciona esta posición, de modo que aunque la responsabilidad no se
herede, el individuo debe estar claramente identicado por un linaje que le dé soporte.
Los cargos de segundo, tercer Yuatpü y el yuasa (Policía), son propuestos por
el primer Yuatpü, quedando en potestad de la asamblea refrendar o reprobar dicha
sugerencia. Solo en el caso de las designaciones del segundo y tercer Yuatpü, pueden
considerarse las candidaturas de hombres o mujeres. En el caso de Kasmera el segundo
y tercer Yuatpü son miembros del grupo doméstico del primer Yuatpü al igual que el
Yuasa. Todos son refrendados en la asamblea de la comunidad (yanunto) compuesta
por los adultos (atippa) hombres y mujeres, que en su mayoría pertenecen al grupo
doméstico del primer Yuatpü.
Cada uno de ellos cumple un papel especíco dentro de la comunidad: El primer
Yuatpü es el representante de la comunidad ante las comunidades vecinas y con
instituciones privadas y públicas de la sociedad criolla. El segundo y el tercer Yuatpü,
suplen al primero cuando las circunstancias así lo ameriten.
Para la toma de decisiones importantes se reúnen los tres Yuatpü. Estos pedirán
consejos a las personas más respetables de la comunidad, siendo éstos los tomaira,
tupeatcha, tuano, wanopasne o maestro y enfermero. Luego de tomadas las decisiones,
éstas se llevaran ante la asamblea de la comunidad, la cual está constituida por los
adultos (atippa). Constituida tanto por hombres como mujeres, la asamblea es el ente
que toma las decisiones nales.
Otro personaje de importancia en la comunidad es el Yuasa (Cabecilla o Policía),
recibe órdenes de los Yuatpü y es el encargado de establecer el orden cuando éste es
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CARRERO, Mauro *
violentado por algún miembro de la comunidad o por algún visitante. El Yuasa, junto
con los Yuatpü son los encargados de vigilar que todo el sistema de penalizaciones
que existe en la comunidad se cumpla, es decir, todo un ordenamiento de derecho
consuetudinario que establece las reglas de las interrelaciones dentro y fuera de la
comunidad.
2.7.2. Patrones de asentamiento y su correlación con lo político.
Se evidenciada en los patrones de asentamiento, de parentesco y grupos domésticos
y político, el carácter indisoluble del entretejido de éstos, como se ha mencionado en el
aparte referido a las reglas de residencia postmarital.
El parentesco que une a los individuos en relaciones de consanguinidad y anidad
tiene su concreción en la ocupación de los espacios; es decir, los miembros de las
familias y grupos domésticos jan su residencia próxima al patriarca y esta proximidad
está vinculada a la cercanía en el parentesco y por ende al linaje del patriarca.
Así en el caso de Jesús Terán (ego), primer Yuatpü,notamos que en esa proximidad
están sus hijos/hijas, hermanos/hermanas, sobrinos/sobrinas, primos/primas y padre
(+)/madre.
En lo político el segundo y tercer Yuatpü tienen jada su residencia cerca del primer
Yuatpü, están ubicados en el centro de la comunidad.
El segundo Yuatpü tiene su residencia diagonal a la residencia del Primer Yuatpü
justo al lado de la escuela donde se realizan las asambleas de la comunidad (yanunto)
por los adultos (atippa) de esta, se llama Antonio Romero es el wanopasne o Maestro
de Kasmera y es del Subgrupo Wasama de la comunidad de Kampa, es primo cruzado
de Elena (Celina) de Terán (tomaira) esposa del primer Yuatpü y está casado con Rubia
de Romero, sobrina del primer Yuatpü.
El tercer Yuatpü es Prudencio Sierra del subgrupo Wasama de la comunidad de
Wasama quien está casado con María Vargas sobrina del primer Yuatpü, tiene jada su
residencia contigua a este en el sector de la loma.
Con relación al segundo y tercer Yuatpü se evidencia la concreción de una alianza
entre los subgrupos Parirí y Wasama a través de la incorporación de estos al grupo
doméstico del Primer Yuatpü vía matrimonio exogámico, hecho sin duda que benecia
y fortalece a ambos subgrupos, primero en su inuencia política al ser nombrados como
Yuatpü, segundo, en lo económico, al acrecentar las posesiones de ambos subgrupos y
tercero, en lo social, al hacer más grande al grupo doméstico del primer Yuatpü.
El Yuasa se llama Vinicio Valbuena es hijo de Mística Valbuena quien es a su vez
hermana del primer Yuatpü y tiene jada su residencia en la periferia de éste.
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En esta comunidad hay dos tomaira, una es Elena (Celina) de Terán, esposa del
primer Yuatpü y Luz Marina Ramos, hija de José Vicente Ramos. Hay dos personas
consideradas ancianas o penano. Una es María Terán quien es la madre del primer
Yuatpü, y José Vicente Ramos, patriarca del segundo grupo doméstico más importante
de Kasmera. Ambos son simultáneamente tupeatcha o tuano, los que signican, en
palabras criollas: “los que saben curar”.
La asamblea de la comunidad, yanunto, está compuesta por los adultos o atippa
de la misma.
De esta manera se muestra que: el espacio domina las acciones políticas de la
comunidad. Como en las plazas Bolívar o plazas mayores de los pueblos coloniales,
todo el poder se concentra en un punto del espacio pero, a diferencia de aquella, no se
trata de ocinas, locales funcionales, llamados por los arquitectos “espacios públicos”,
sino de las casas de habitación; ello se debe a que las relaciones de poder político están
conectadas con las del poder familiar de manera inmanente.
Si bien para mantener las coordenadas del poder es necesario establecer alianzas
matrimoniales y otros tipos de alianzas exogámicas, también es cierto que todas éstas
constituyen la periferia de la actividad central del Primer Yuatpü y el patriarca del tipo
“Omaha”: Todo gira alrededor de la presencia política del representante masculino de
la familia.
Corroborándose así nuestra hipótesis central, consistente en que el matrimonio,
como concreción del sistema de parentesco de la comunidad Yukpa (Parirí) de la
comunidad de Kasmera, está determinado por las relaciones de liación y anidad, y
éstas determinan el liderazgo que se ejerce en los grupos familiares y las estructuras
del poder político. Toda instancia política , así queda subsumida dentro de la
dimensión social de las relaciones comunitarias de la cual emana la legitimidad y la
institucionalidad.
3. Conclusiones
La descripción, interpretación y análisis sobre el sistema de matrimonio (Etampato)
Yukpa (Parirí) de Kasmera y la correlación existente entre liación y anidad de sus
miembros, permitió llegar a las siguientes conclusiones, las cuales se ordenarán en dos
tipos, descriptivo-etnográcas y de ascendencia político-criminológica:
Resultados Descriptivo-etnográcos:
a. La comunidad amerindia Yukpa (Parirí) de Kasmera está fundada en las
relaciones de anidad y liación entre sus miembros, siendo los principios que rigen
la conformación de los grupos domésticos y la organización social de la comunidad.
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b. El parentesco es la forma principal de aliar a sus grupos entre sí y de incorporar
a los extraños.
c. El matrimonio establece el padre “legal” de los hijos, que en este caso es el
padre y la madre, pero, cuando éstos se separan, los hijos quedan con el padre.
d. El monopolio de la sexualidad recae sobre el hombre: no está permitido que
el hombre tenga más de una mujer y viceversa, ninguno de los dos ejercen derechos
sobre el trabajo del otro, puesto que este es compartido. Los derechos de propiedad son
compartidos y cuando se produce el rompimiento se reparten la propiedad, repartición
que queda supeditada al motivo de la separación lo cual garantiza un fondo conjunto
de propiedad, una asociación en benecio de los hijos.
e. El matrimonio dene normas donde la unión de las parejas es el centro de las
complejas relaciones sociales, con claras incidencias económicas y políticas.
f. Las reglas que sustentan al matrimonio son las siguientes: existe una convención
del incesto sustentada en la superestructura mental emic, donde los Atanchas
(ancestros), prohíben las uniones entre padres e hijos, entre hermanos y entre
primos cruzados y paralelos. Desde la perspectiva etic, tal prohibición garantiza la
prevención de la desorganización; es decir, la evitación de que padres e hijos compitan
por las hembras a lo interno del grupo doméstico inmediato. De ocurrir lo contrario,
la familia se quebrantaría y con ello, se corta la tarea de llevar a cabo la transmisión
de los valores culturales de una manera efectiva y armoniosa. De allí que los deseos
sexuales dentro de la familia se dirigen hacia el exterior de ella.
g. La evitación del incesto garantiza el establecimiento de alianzas más amplias,
acentuando la cooperación entre los grupos más grandes que la familia nuclear,
reuniendo así a las familias en una comunidad social mayor.
h. La comunidad estudiada practica la exogamia, lo cual ofrece las ventajas de
reducir el conicto sobre el sexo a lo interno de los grupos primarios, así como conduce
al establecimiento de alianzas entre diferentes familias y grupos, con repercusiones
signicativas en los componentes económicos y políticos. De esta manera, la exogamia
constituye un conjunto de derechos y obligaciones intergrupales de las relaciones
derivadas o establecidas por el matrimonio.
i. Posee también una práctica monogámica seriada; mediante la cual, el número
de esposas o esposos queda reducido a uno, pero las uniones no son para toda la vida;
es decir, que las uniones y separaciones se dan con relativa frecuencia, esto no quiere
decir que no se presentan casos aislados de relaciones extra uniones o matrimoniales,
pero al ser descubiertas generan conictos importantes al interior de la pareja y hasta
en la propia comunidad, siendo objeto de sanción el hombre o la mujer que haya
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incurrido en la falta.
j. A lo interno de esta comunidad se presenta la familia nuclear, con una clara
tendencia patrilocal, donde lo masculino es lo que dene las reglas de descendencia
patrilineal.
k. Los grupos de edad y sexo permiten que sus miembros sean clasicados por su
posición generacional, por la edad relativa, por la situación de linealidad y colateralidad
del individuo con sus parientes, por el sexo y por el lado de la familia que dene el
linaje. En este caso el principio hombre como concreción de la estructura Omaha.
l. Los Yukpa (Parirí) de la comunidad de Kasmera, se clasican tendencialmente
dentro de la terminología Omaha, con todas las signicaciones que ella contiene.
Conclusiones Político Criminológicas:
La estructura de parentesco descrita permite que la comunidad esté organizada
políticamente en jefatura, que es una forma intermedia entre la tribu y el Estado,
fundamentalmente basada en liaciones y anidades, la cual produce un acceso
diferencial a los recursos y expone una estructura política permanente.
El conicto social se resuelve sobre la base de esta estructura, por lo que no es una
consecuencia de la organización jefatural sino de la juridicidad emanada del Etampato.
El proceso de resolución del conicto revela la naturaleza social del nexo
comunitario, más que el político. De hecho, no es posible separa la dimensión política
de su naturaleza directamente socio-cultural.
En tal sentido, la consuetudinariedad no solo subyace detrás de las formas políticas
sino que la constituyen, la alimentan y la adecúan a los intereses de la comunidad,
siempre dentro de las formas emanadas del parentesco.
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